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TEMA 2: Las entidades locales
Competencias deportivas de las administraciones locales
Según la Ley 15/94 del Deporte de la CAM, son competencias y funciones de la administración local:
Promover de forma general la actividad física y el deporte en su ámbito territorial, fomentando las actividades físicas de carácter formativo y recreativo, especialmente entre los escolares.
Reserva de suelo en los planes urbanísticos para la construcción de nuevas instalaciones deportivas.
Diseño, programación y construcción de instalaciones deportivas.
Gestión y mantenimiento de instalaciones deportivas.
Desarrollo de programas de promoción deportiva para todas las edades.
El art.25 de Ley 7/1985 de Bases Régimen Local dispone que El Municipio ejercerá, en todo caso competencias sobre las siguientes materias: Actividades o instalaciones culturales y deportivas.
El art.26 de la misma ley, establece la obligatoriedad para municipios de más de 20.000 habitantes de disponer de instalaciones deportivas de uso público.
Las Entidades Locales, fundamental y básicamente los Ayuntamientos, son los principales gestores de los servicios deportivos públicos, debido a dos hechos: el grado de proximidad al domicilio familiar y a un mayor conocimiento y uso de las instalaciones deportivas locales.
Los Ayuntamientos son las Entidades Locales que más y mejor favorecen y posibilitan el desarrollo y fomento de la actividad deportiva base en el ámbito local a través de las Escuelas deportivas municipales, Patronatos deportivos y Entidades asociativas deportivas de carácter local.
Algunas de las competencias de las Entidades Locales en materia deportiva son las siguientes:
– Reservar en los planes de urbanismo el suelo necesario para la construcción de instalaciones deportivas.
– Construir, en colaboración con otras Administraciones públicas, las instalaciones deportivas locales y gestionarlas.
– Desarrollar programas de promoción deportiva para todas las edades. – Ayudar a los clubes deportivos ubicados en su territorio.
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