Page 37 - [OPOSOCIAL] TEMA 40
P. 37

 Tema 40 – Oposiciones Trabajo Social. Políticas LGTBIQ
como a la reducción de riesgos y daños como método eficaz para trabajar de forma específica con aquellos sectores de población más vulnerables.
Artículo 15. Consentimiento.
Para los tratamientos previstos en este capítulo se requerirá el consentimiento previamente informado de la persona interesada, en atención a su desarrollo y madurez y, en todo caso, si tiene suficiente juicio, en los términos que marca la Ley 6/2002, de 15 de abril
MEDIDAS EN EL ÁMBITO LABORAL Y DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
Artículo 17. Políticas de fomento de la igualdad de oportunidades, respeto a la diversidad y a la no discriminación en el empleo.
1. El departamento competente en materia de empleo incluirá en todos los planes de formación, orientación y empleo las medidas de formación, orientación, sensibilización y prevención de la exclusión encaminadas a la inserción y sostenibilidad en el empleo que garanticen el ejercicio del derecho al trabajo y la formación para el empleo de las personas LGTBI.
2. A tal efecto, adoptará medidas adecuadas y eficaces, incluyendo acciones positivas que tengan por objeto:
a) La promoción y defensa de la igualdad de trato de las personas LGTBI en el acceso al empleo o una vez empleadas.
b) La promoción en el ámbito de la formación del respeto de los derechos de igualdad y no discriminación de las personas LGTBI.
c) La prevención, la corrección y la eliminación de toda forma de discriminación por orientación sexual, expresión o identidad de género en materia de acceso al empleo, contratación y condiciones de trabajo,
   Academia Oposocial.es
37






















































































   35   36   37   38   39