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con especial atención a aquellos casos en que la persona se encuentre sometida a un proceso médico-quirúrgico o sea víctima de cualquier forma de acoso.
d) La información y la divulgación de los derechos de las personas LGTBI y la normativa que los garantiza.
e) La propuesta y el impulso de campañas de control del cumplimiento efectivo de los derechos laborales y de prevención de riesgos laborales de los colectivos de LGTBI.
f) La incorporación en las convocatorias de ayudas y subvenciones de fomento del empleo de criterios de igualdad de oportunidades.
g) La incorporación en las convocatorias de ayudas para la conciliación de la vida laboral y familiar de cláusulas que contemplen la heterogeneidad de los modelos familiares.
h) La inclusión en los convenios colectivos, a través de los agentes sociales, de cláusulas de promoción, prevención, eliminación y corrección de toda forma de discriminación por causa de orientación sexual, expresión o identidad de género.
i) El impulso, el apoyo y el seguimiento para la elaboración de planes de igualdad y no discriminación que incluyan expresamente a las personas LGTBI, en especial en las pequeñas y medianas empresas.
j) El diseño y el desarrollo de estrategias para la inserción laboral de las personas trans.
k) El impulso de actuaciones y medidas de difusión y sensibilización, así como códigos de conducta y protocolos de actuación, que garanticen estos derechos en las empresas, trabajando con empresarios y sindicatos con el fin de favorecer la inclusión de cláusulas antidiscriminatorias en los convenios colectivos.
l) La implantación de indicadores de igualdad en las estadísticas y estudios de carácter laboral que se realicen en el ámbito de la Administración de
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