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Oposiciones Trabajo Social
El cuidador deberá ajustarse a las normas sobre afiliación, alta y cotización a la Seguridad Social que se determinen reglamentariamente3.
Las características de dicha prestación han variado a lo largo de la aplicación del sistema, lo explicaremos más adelante en relación a las nuevas órdenes de procedimiento.
4.2.3.- PRESTACION ECONOMICA DE ASISTENCIA PERSONAL
Artículo 19 de la Ley 39/20064.
La prestación económica de asistencia personal trata de facilitar la promoción de la autonomía de la persona con gran dependencia. Contribuye a la contratación de una asistencia personal que facilite al beneficiario una vida más autónoma, el acceso a la educación y al trabajo y el ejercicio de las ABVD.
5. DESARROLLO DE LEGISLACION ACTUAL EN ARAGON DE PRESTACIONES Y PROCEDIMIENTO ACTUAL DE DEPENDENCIA.
En este apartado se desarrollará lo más importante que ha ido aportando cada orden nueva de procedimiento. Haciendo más hincapié sobre todo la ORDEN de 24 de julio de 2013, de prestaciones y sus modificaciones más importantes y la orden nueva ORDEN CDS/456/2019, de 17 de abril, por la que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia de las personas y el acceso a las prestaciones de procedimiento que entró en vigor el 10 de junio de 2019.
3 Véase el R.D. 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia («B.O.E.» 12 mayo).
4 Artículo 19 redactado por el número siete del artículo 22 del R.D.-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad («B.O.E.» 14 julio).Vigencia: 15 julio 2012
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