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Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán
Atribuciones correspondan en relación con
I. Recibir quejas por presuntas dichos ilícitos, particularmente
violaciones a los derechos humanos tratándose de conductas que
por actos u omisiones de cualquier afecten la integridad física de las
naturaleza imputables a cualquier personas.
autoridad o servidor público. III. Formular recomendaciones
II. Conocer e investigar a petición de públicas no vinculatorias.
parte o de oficio, presuntas violaciones IV.- Presentar denuncias y quejas ante
a los derechos humanos en los casos las autoridades respectivas.
siguientes: V.- Substanciar y resolver el incidente
a. Por actos u omisiones de de presentación de personas en los
cualquier naturaleza imputables términos de esta ley.
a cualquier autoridad o servidor VI.- Procurar, sin menoscabo de la ley,
público. la conciliación entre los quejosos y las
b. Cuando algún particular cometa autoridades o servidores públicos
ilícitos con la tolerancia o señalados como presuntos
anuencia de alguna autoridad o responsables, así como la inmediata
servidor público, o bien cuando solución del conflicto planteado y la
estos últimos se nieguen restitución del goce del derecho
infundadamente a ejercer las vulnerado, cuando la naturaleza del
atribuciones que legalmente les caso lo permita.