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Son derechos y obligaciones de las y los
representantes de partido político y
de candidatura independiente acreditados
ante las mesas directivas de casilla:
• Observar y vigilar el desarrollo de la Jornada Electoral.
• Contribuir al buen desarrollo de sus actividades.
• Recibir copia legible de las actas elaboradas en la casilla.
Derechos
• Presentar escritos de incidentes o de protesta.
SE y CAE: ¿qué debes saber? Guía de estudio
• Acompañar por sus propios medios al presidente/a
de la mesa directiva de casilla al Consejo Distrital
correspondiente, para hacer entrega del paquete electoral.
• Portar en un lugar visible un distintivo "pin" de hasta 2.5 por
2.5 centímetros, con el emblema de su partido político
o del candidato o candidata independiente que
respresenten y con la leyenda de "REPRESENTANTE".
• No asumir funciones de las y los funcionarios de las mesas
directivas de casilla.
• No alterar el desarrollo normal de la Jornada Electoral ni
• obstaculizar las actividades de las y los funcionarios de las
Obligaciones mesas directivas de casilla.
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• Firmar todas las actas que se levanten en la casilla (de
considerarlo pertinente pueden firmar bajo protesta, sólo
deben comentarle a la o el secretario de la casilla el motivo,
para que lo anote en el acta respectiva).
• Firmar el acuse de recibo por las copias obtenidas de las
actas que se levantaron en la casilla.
• Al final, entregar a la o el presidente de casilla la copia de la
Lista Nominal de Electores.