Page 56 - ASAMBLEA GENERAL DE PROPIETARIOS 2021
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Asamblea general de propietarios

     Una  auditoría  incluye  el  examen,  sobre  una  base  selectiva,  de  la  evidencia  que  respalda  las  cifras  y  las  revelaciones
     informativas  en  los  Estados  Financieros.  Una  auditoría  también  incluye  la  evaluación  de  las  normas  o  principios
     contables utilizados y de las principales estimaciones efectuadas por la administración, así como la evaluación global de
     los Estados Financieros, con la obtención de la información necesaria para el fiel cumplimiento de mis funciones, las
     pruebas de los documentos y registros de contabilidad, la asistencia a las reuniones del Consejo de Administración, las
     recomendaciones  a  través  de  los  informes  mensuales  escritos,  arqueos  de  caja,  inventarios,  así  como  otros
     procedimientos de Auditoria.


     OPINION. En mi opinión los Estados Financieros descritos inicialmente, auditados, adjuntos a este dictamen, los cuales
     fueron tomados fielmente de los libros de Contabilidad, presentan razonablemente, la situación financiera del Conjunto
     y los resultados de las operaciones de conformidad con normas o principios de contabilidad generalmente aceptados en
     Colombia, los cuales fueron aplicados uniformemente con los del año anterior, es decir 2018.

     Además, basada en el alcance de mi examen conceptúo que la contabilidad se lleva conforme a las normas legales y a la
     técnica contable; que las operaciones registradas y los actos de los administradores, se ajustan a lo prescrito en la Ley
     675  de  agosto  del  2001,  al  reglamento  de  propiedad  horizontal,  a  las  decisiones  de  la  Asamblea  General  de
     Copropietarios y del Consejo de Administración.
     La correspondencia, los comprobantes de las cuentas, los libros de Actas de Asamblea, al igual que el libro de registro de

     propietarios y/o residentes, -Art.67. Numeral 19, del R.P.H- y libros oficiales de contabilidad, libros auxiliares, se llevan y
     conservan debidamente.
     LICENCIA DE SOFTWARE – LEY 603 DEL 27 DE JULIO DE 2000.
     Dando cumplimiento a la Ley 603 /2000, con respecto al software de contabilidad SISCO, se tiene la licencia, así como el
     mantenimiento y actualización anual de dicho programa.

     Agradezco a la honorable Asamblea la confianza depositada en mí para el cargo de Revisora Fiscal del Conjunto.

     Atentamente,





     GLORIA J. BARBOSA HERRERA
     Revisora Fiscal MAT. 17778-T
     Gloriajbarbosa12@hotmail.com - cel. 3108063372
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