Page 9 - ASAMBLEA GENERAL DE PROPIETARIOS 2021
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Asamblea general de propietarios
ARTÍCULO 8° Quienes intervengan se identificarán con su nombre y apellidos completos, número de
torre y apartamento, y la calidad en que actúa, es decir, propietario o mandatario. La plataforma le dará
acceso a la sala de intervención con audio y video. Toda intervención se presentará en la zona de chat
que provee la plataforma y los asambleístas mediante likes (Me gusta), determinarán cuales
intervenciones se van atendiendo con prioridad (Las intervenciones con mas likes, serán las más
relevantes para el buen desarrollo de la asamblea). Cada intervención priorizada podrá ser leída por un
moderador auxiliar o se podrá habilitar acceso a la sala de intervención con audio y video si el
asambleísta lo solicita en su intervención en el chat.
ARTÍCULO 9° Ninguna persona que pertenezca al Consejo de Administración, Comité de Convivencia o
Administración, podrá ser mandatario.
ARTÍCULO 10° En sus intervenciones, los propietarios y/o mandatarios, se dirigirán
únicamente a la Asamblea y no a personas en particular.
ARTÍCULO 11° Cada intervención será máximo de dos (2) minutos, y una sola vez por tema.
ARTÍCULO 12° Por respeto y orden en la asamblea, el Presidente solicitará el retiro de la plataforma a
quien o quienes pretendan desviar o sabotear la reunión.
ARTÍCULO 13° El Presidente declarará la suficiente ilustración sobre un tema, cuando así lo estime
necesario o a petición de los propietarios y/o mandatarios.
ARTÍCULO 14° Solamente tendrá voz y voto una persona por apartamento, independientemente que el
inmueble esté a nombre de dos o más personas.
ARTÍCULO 15° Las votaciones se realizarán según el coeficiente de propiedad, el cual está consignado
en el Reglamento de Propiedad Horizontal.
ARTÍCULO 16° Los propietarios que no asistan a la Asamblea, cancelarán como sanción una suma igual
a una cuota mensual de administración vigente a la fecha de esta reunión.
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