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Algunos puntos de vigilancia.
Responsabilidad del empleador: El empleador es responsable de la salud y seguridad de los trabajadores en el
lugar de trabajo.
Para ello, implementa acciones de identificación y prevención de riesgos profesionales, acciones de información y
formación de los trabajadores y establece la organización y los recursos adecuados.
Garantiza el cumplimiento de los Valores Límite de Exposición Ocupacional (OEL) previstos por el Código del Trabajo.
Obligaciones del empleador respecto de protección personal: El empleador toma las medidas adecuadas
para garantizar que los trabajadores estén informados de los riesgos a los que están expuestos, de los medios de
protección establecidos y de sus límites de uso.
Para ello, está implementando formación para que los trabajadores aprendan a usar y ajustar los EPI, a obtener la
máxima protección y a cuidarlos.
Proporciona EPI de forma gratuita y vela por su correcto funcionamiento y estado satisfactoriamente higiénicos
mediante el mantenimiento, las reparaciones y las sustituciones necesarias.
Toma todas las medidas necesarias para garantizar el uso efectivo de los EPI en las condiciones que haya
determinado.
Sustituye a los EPI una vez alcanzada su fecha de caducidad, por un lado y por otro lado, si no garantizan el
mantenimiento de su nivel de protección.
Obligaciones del trabajador: De conformidad con las instrucciones que le haya dado el empleador, cada trabajador
vela, según su formación y según sus posibilidades, por su seguridad y su salud, así como por la de las demás
personas interesadas, como consecuencia de sus acciones u omisiones en el trabajar.
Debe conocer los riesgos contra los que le protegen los EPI, las condiciones de uso, en particular las instrucciones
para el almacenamiento y mantenimiento de estos equipo.
También debe conocer sus responsabilidades en caso de incumplimiento de las instrucciones de uso.
MANUAL DE AUTOINSTRUCCIÓN NTS-104 “EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL” | 169