Page 139 - Presentación de PowerPoint
P. 139

Artículo 18 (LOS JEFES)









          1. El Consejo Europeo nombrará por mayoría cualificada, con la aprobación del Presidente de la Comisión, al

          Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad. El Consejo Europeo podrá poner fin
          a su mandato por el mismo procedimiento.












          2. El Alto Representante estará al frente de la política exterior y de seguridad común de la Unión. Contribuirá
          con sus propuestas a elaborar dicha política y la ejecutará como mandatario del Consejo. Actuará del mismo modo

          en relación con la política común de seguridad y defensa.












          3. El Alto Representante presidirá el Consejo de Asuntos Exteriores.
   134   135   136   137   138   139   140   141   142   143   144