Page 20 - REGLAMENTO ALUMNOS Ciclo 2022-2023
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REGLAMENTO DE ALUMNOS 2022-2023
II. Se acredita la materia cuando la calificación de los exámenes extraordinarios sea
igual o superior a 7 (siete) y a título de suficiencia sea igual o superior a 6 (seis).
III. El alumno que no cumpla con el 80% de la asistencia global al final del semestre o
cuatrimestre, no podrá presentar exámenes extraordinarios, por lo que deberá
apegarse a los dispuesto en la fracción VII de este mismo artículo, para la
acreditación de las asignaturas.
IV. El alumno tendrá como plazo 3 días hábiles posteriores a su ausencia para justificar
la misma ante la Subdirección Académica y los docentes. Dichos justificantes no
podrán ser emitidos en fechas de exámenes parciales, finales o las actividades
prácticas señaladas en la fracción III del artículo 41.
V. Para evitar que los alumnos pierdan su derecho a examen, no se les contabilizarán
las inasistencias por enfermedad, causas de fuerza mayor o contingencias sanitarias
implementadas por la autoridad correspondiente, que hayan sido comprobadas
ante la Subdirección Académica y los docentes, en los tres días hábiles subsecuentes
a la falta.
VI. La justificación a la(s) falta(s) no ampara la entrega de trabajos y/o tareas asignadas
en forma previa o durante los días de ausencia, así como la presentación de
cualquier tipo de evaluación. Estos deberán ser presentados en la fecha y hora
establecida por el catedrático.
VII. El alumno evitará acumular 3 o más materias reprobadas, ya sean de un mismo
periodo o en conjunto a las de periodos anteriores, ya que en tal condición perderá
en forma inmediata la beca asignada, deberá firmar una carta compromiso de
regularización inmediata y será dado de baja temporalmente, hasta que regularice
su situación académica, bajo las consideraciones de la siguiente fracción.
VIII. El alumno que en curso regular no apruebe una o hasta tres asignaturas, podrá
acreditarlas mediante evaluación extraordinaria hasta en dos oportunidades,
únicamente en el periodo que para tal efecto establezca la universidad de forma
inmediata al periodo de la reprobación. Si prevaleciere la reprobación, deberá
acreditarla respetando el orden sucesivo de las siguientes opciones:
a) Recursamiento de la asignatura, siempre y cuando exista un grupo vigente de la
siguiente generación, que por ende vaya a cursar la materia, pudiendo optar por
realizar el recursamiento en un sistema distinto al que se encuentre inscrito.
b) Tutorías, solo en el caso de que no se cumpla el supuesto del inciso anterior.
c) Examen a título de suficiencia.