Page 322 - Diseño de interiores (2a. ed.)
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ELEMENTOS DECORATIVOS


                                                                              Las normativas de edificación regulan la resistencia al
                                                                              fuego de los materiales decorativos en edificios como
                                                                              centros de convenciones, centros educativos y
                                                                              residencias de estudiantes. Estos materiales, como
                                                                              cortinas, tapizados y elementos suspendidos, deben
                                                                              ser resistentes al fuego o incombustibles. En algunos
                                                                              edificios públicos los requisitos son más exigentes,
                                                                              y afectan incluso a elementos como cuadros y
                                                                              fotografías.





                                                                              En los centros de convenciones, centros educativos
                                                                              y residencias de estudiantes, los materiales
                                                                              combustibles resistentes a las llamas no pueden
                                                                              ocupar más de un 10 % de la superficie de las paredes
                                                                              y los techos en los que estén fijados o suspendidos.












                                                                              En los auditorios equipados con sprinklers, los
                                                                              materiales decorativos resistentes a las llamas no
                                                                              pueden ocupar más del 75 % de la superficie total
                                                                              de paredes y techos.







































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