Page 3 - agosto piloto
P. 3
REGLAMENTO PARA EL CONSEJO DE CREANDO-T
CAPITULO II. DEL INGRESO DE SOCIOS.
Artículo 5.
Podrán ingresar en la asociación personas que ya tengan la mayoría de edad y sin
límite de edad, pero que así lo soliciten expresamente y según lo que estipulen los
estatutos y el presente Reglamento.
Artículo 6.
La solicitud de ingreso deberá ser tratada en reunión de la Junta Directiva que deberá
verificar la solicitud dando necesariamente un informe positivo o negativo. En caso
de dar un informe negativo deberá de especificar las causas y dar un plazo de diez
días al solicitante para reparar las causas del rechazo de su ingreso.
Artículo 7.
Una vez admitido el nuevo socio, el subdirector procederá a darlo de alta en el libro
de registro de socios de la asociación y a facilitar el carnet de afiliado al socio, en su
caso de esta manera el nuevo socio se comprometerá a cumplir con el presente
reglamento así como con las responsabilidades y deberes que tendrán todos los
socios.
Artículo 8.
La Junta Directiva presentará semestralmente un informe a la Asamblea General
sobre las altas y bajas de socios producidas en dicho periodo.