Page 82 - RUEP
P. 82
Reglamento de Uniformes y Equipos Policiales
CAPITULO 10: CAPELLAN DE LA POLICIA
ARTICULO 106: Los Capellanes de la Policía vestirán de la siguiente forma:
a) Sotana lisa color negro
b) Zapatos cuero de vaca o similar, negros, horma inglesa.
c) Placa pectoral identificatoria
d) Escudo en manga izquierda
e) Distintivos tipo cuarteles colocado en solapas
ARTICULO 107: Uniforme capellán detalle:
a) – SOTANA:
b) – PLACA IDENTIFICATORIA:
c) – ESCUDO POLICIAL en brazo izquierdo.-
d) – DISTINTIVOS TIPO CUARTELES: Fondo dividido por mitad de color
blanco y amarillo en forma vertical, en el centro una cruz de color
marrón y la imagen de la Virgen de Lujan de color celeste sobre la
misma cruz y filetes dorados.-
e) – ESCUDO DISTINTIVO: Un óvalo cuya parte superior es de color
rojo y el inferior verde, teniendo bordados una Cruz en azul marino
pizarra con bordes dorados. Asimismo un gallo en posición hacia la
diestra también bordado en dorado, todo sobre campo de color gris.
Fuera del ovalo sobre campo en color celeste llevará la leyenda
“POLICIA PROVINCIA ENTRE RIOS” en la parte superior, y
“CAPELLANIA POLICIAL” en la inferior; ambas siguiendo el contorno
del ovalo todo bordado en hilo color blanco. El campo celeste será
limitado por una bordura interior azul marino pizarra y una externa
color negro que demarcará la forma del emblema policial. Será
obligatorio su uso toda vez que vistan habito talar o traje, en las
ceremonias policiales o cuando así lo considere la superioridad.
Llevándolo colocado sobre la manga derecha.-
Policía de la Provincia de Entre Ríos
82