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                     MARCO LEGAL DEL SISTEMA DE TRANSPORTE MARÍTIMO.



                                   El  termino  seguridad  marítima  nar algunos como son:
                                   hace referencia a la seguridad del

                                   buque y a la seguridad del medio            Inspeccionar  y  certificar  en
                                   ambiente en el que se desplaza,              las  embarcaciones  mexica-
                                   por tanto se puede distinguir dos            nas, el cumplimiento de los
                                   vertientes de la seguridad maríti-           Tratados  Internacionales,  la
                                   ma la seguridad de la navegación             legislación  nacional,  los  re-
                                   propiamente dicha y la seguridad             glamentos y las normas ofi-
                                   del ambiente marino.                         ciales mexicanas en materia
                                                                                de  seguridad  en  la  navega-
                                   Los  acontecimientos  que  han               ción y la vida humana en el
                                   marcado  el  inicio  del  siglo  XXI         mar,  así  como  de  preven-
                                   han impulsado a realizar medidas             ción  de  la  contaminación

                                   adoptadas  para  reforzar  la  pro-          marina por embarcaciones.
                                   tección de las naves e instalacio-
                                   nes  portuarias,  internacional-            Salvo en el caso de las arri-
                                   mente  la  seguridad  marítima  se           badas forzosas, en la autori-
                                   pone  en  manifiesto  desde  una             zación o rechazo de arribo a
                                   doble perspectiva, mares y océa-             puerto de embarcaciones, la

                                   nos  constituyen  una  realidad  in-
                                                                                capitanía de puerto requeri-
                                   abarcable y que escapa al control            rá la documentación que es-
                                   del ser humano y de los propios
                                   estados, por ello cualquier norma            tablezca el reglamento res-
                                   necesita acuerdo de buena parte              pectivo, sin que los requisi-
                                   de  la  comunidad  internacional             tos en él señalados sean su-
                                   para  responder  a  las  necesida-           periores a los que dispon-
                                   des.                                         gan los Tratados Internacio-

                                                                                nales. El reglamento corres-
                                   Dentro del decreto por el que se
                                                                                pondiente establecerá un
                                   reforman,  adicionan  y  derogan
                                                                                régimen simplificado para
                                   diversas  disposiciones  de  la  Ley
                                   Orgánica  de  la  Administración             las embarcaciones menores.
                                   Pública Federal, de la Ley de Na-
                                   vegación y Comercio Marítimos y
                                   de la Ley de Puertos, se mencio-
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