Page 14 - Manual de etica Docente
P. 14

Educación para personas con limitaciones o capacidades excepcionales


               ARTICULO 46. Integración con el servicio educativo. La educación para personas con limitaciones físicas,
               sensoriales, psíquicas, cognoscitivas, emocionales o con capacidades intelectuales excepcionales, es parte

               integrante del servicio público educativo.

               Los establecimientos educativos organizarán directamente o mediante convenio, acciones pedagógicas y
               terapéuticas que permitan el proceso de integración académica y social de dichos educandos.
   9   10   11   12   13   14   15   16   17   18   19