Page 83 - pachicano
P. 83

El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá establece la eliminación del formato del
                  certificado de origen y flexibiliza los documentos que deben presentarse para comprobar de
                  dónde provienen los productos importados.

                  Con este nuevo tratado, cuya firma se programa para finales de noviembre, la certificación podrá
                  efectuarse mediante cualquier documento comercial, siempre que contenga datos mínimos que
                  identifiquen al exportador, productor, producto y manera en que cumplió con la regla de origen.

                  El T-MEC permitirá que el certificado de origen sea emitido por el exportador, productor o
                  importador. En el ámbito aduanal, el nuevo tratado establece procedimientos de verificación de
                  origen más expeditos y permitirá a los tres países integrantes monitorear en línea las operaciones
                  del comercio internacional de la región.

                  La autoridad aduanera del país importador podrá verificar la veracidad de la certificación, a través
                  de cuestionarios o visitas a las instalaciones del exportador o del productor. Si, como resultado de
                  una verificación de origen, la autoridad aduanera concluye que el producto no cumplió con la regla
                  de origen, podrá imponer las sanciones que correspondan.
                  Asimismo, en caso de que en un proceso de verificación se encuentre la comisión de un ilícito
                  aduanero, las autoridades de cada parte estarán facultadas para perseguirlo

                  También creará un subcomité de aduanas, la cual abordará temas sobre delitos aduaneros
                  potenciales o reales, así como discutir iniciativas conjuntas en temas de preocupación mutua.

                  De acuerdo con la Secretaría de Economía, los tres países discutieron en las negociaciones los
                  pendientes del texto consolidado, logrando acordar temas de los artículos de Transparencia,
                  Previsibilidad, y Consistencia en Procedimientos Aduaneros, así como el de Ventanilla Única.

                  Asimismo, tuvieron un avance en los artículos de Protección de la Información Comercial, Comité
                  de Facilitación del Comercio e Iniciativas Aduaneras para la Facilitación del Comercio.

                  En particular, el capítulo de facilitación del comercio contempla estándares para la transparencia
                  aduanera que permiten facilitar, agilizar y reducir costos al comercio legítimo, y fortalecer los
                  controles al comercio de alto riesgo mediante el uso de las tecnologías de la información, la
                  ventanilla única y el pago electrónico.

                  En materia de fiscalización, regula la gestión de riesgos y la cooperación para prevenir, detectar y
                  combatir ilícitos aduaneros.

                  El T-MEC prevé el uso de instalaciones compartidas, revisión conjunta de mercancías,
                  armonización de procedimientos, datos y formatos, y la alineación de horarios de servicio. Como
                  parte del capítulo de obstáculos técnicos al comercio, incorpora disciplinas de última generación
                  para la elaboración de reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad y
                  certificación. (Morales, 2018)
   78   79   80   81   82   83   84   85   86   87   88