Page 15 - MONTT GROUP MAGAZINE, ENERO 2018 (ESPAÑOL)
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A raíz del caso Caval, la Cámara de Diputados aprobó una ley que aumenta la transparencia y regula el incremento del valor del límite urbano, para lo cual estableció un impuesto del 10 por ciento, cuando los terrenos cambien de uso de agrícola a urbano.
Los tributos que se obtengan por ese concepto se distribuirán en un 62,5 por ciento para el Fondo Común Municipal y en un 37,5 por ciento para la comuna donde se verifique dicho cambio.
Uno de los temas que concitó mayor discusión fue precisamente el establecimiento del gravamen. Desde la oposición, el senador José García (RN) recordó que ya en la Reforma Tributaria se creó un tributo al mayor valor obtenido en los bienes raíces, también del 10 por ciento, y que cada vez que hay una alteración de límites, la propiedad incrementa su avalúo fiscal, por lo tanto, sube el impuesto territorial o contribuciones.
“Me parece un exceso esta disposición, por el sólo hecho de modificarse el plano regulador. Chile necesita mayor inversión y mucha gente refugia su ahorro en bienes raíces”, expresó.
Fondo de Infraestructura
Por otra parte, el Congreso Nacional despachó el proyecto de ley que crea una sociedad anónima del Estado, el denominado Fondo de Infraestructura, calificado por las actuales autoridades gubernamentales como “un hito relevante en el ámbito de las alianzas público-privada para el desarrollo de obras públicas”. Su objetivo es fomentar el crecimiento de la infraestructura, a través la creación de una entidad autónoma, con un Gobierno corporativo moderno y patrimonio propio, cuyo capital inicial será de nueve mil millones de dólares.
El Ministro del ramo, Alberto Undurraga expresó que se trata de la iniciativa más importante desde que se organizara el sistema de concesiones, hace dos décadas. “No sólo hemos aumentado el ritmo de los trabajados y dejado en marcha inversiones en concesiones por más de seis mil 700 millones de dólares, sino que además hemos impulsado esta ley y cambios institucionales relevantes y estructurales, como la nueva norma sobre la Dirección General de Concesiones, ya promulgada”.
Esta última disposición fue aprobada por la Cámara de Diputados, a fines de octubre último y crea un nuevo servicio centralizado que tendrá como objeto la ejecución, reparación, mantención, conservación y explotación de obras públicas fiscales y la provisión de equipamiento, de acuerdo a la Ley de Concesiones.
El Fondo deberá convertirse en una empresa solvente, y para ello se lo faculta para que, en el desarrollo de su objetivo, realice gastos e inversiones en proyectos; emita instrumentos financieros de deuda y garantía; constituya sociedades anónimas filiales o coligadas y, suscriba los
contratos necesarios para ello. El Fondo de Infraestructura se regirá por las normas de las sociedades anónimas abiertas y quedará sometida a la fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros.
Ley del Consumidor y Geología
Asimismo, con el voto unánime de 76 legisladores, la Cámara de Diputados despachó el proyecto que modifica la Ley del Consumidor, donde precisa nuevas exigencias a las empresas de cobranza extrajudicial y proveedores de crédito.
El texto legal busca perfeccionar el proceso, partiendo por consagrar la obligación de	informar al deudor de su situación y de los derechos que le asisten, antes de iniciar cualquier gestión destinada a obtener el pago de la morosidad.
Por otra parte, el Servicio Nacional de Geología y Minería publicó en el Diario Oficial el Programa de Requerimiento de Información de los Trabajos de Exploración Geológica para el año 2018.
La nueva disposición, contenida en el Decreto Supremo No 104 de 2016, entró en vigencia el 24 de julio de 2017 y forma parte del artículo 21 del Código de Minería. Tiene por mandato facilitar el acceso de toda la ciudadanía a la información de recursos minerales generada por empresas y personas naturales y contempla que, de acuerdo con el artículo 11 del Reglamento, para el ejercicio de su atribución, el Servicio deberá anualmente elaborar un programa que establezca criterios territoriales y temporales que determinen las labores en cuestión.
Para este año, las obligaciones serán: a) Criterio temporal: Para quienes realizaron exploración geológica básica entre el 24 de julio de 2013 y el 24 de julio de 2017. b) Criterio territorial: Para quienes lleven a cabo estas labores en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá y de Antofagasta. Para estos efectos, la localización del proyecto estará dada por la ubicación del punto central del área abarcada por el mismo. El incumplimiento se traduciría en la imposición de multas de hasta 100 Unidades Tributarias Anuales(UTA). Con la entrada en vigencia del reglamento, el Servicio Nacional de Geología y Minería desarrolló una nueva plataforma online denominada Sistema de Información Geológica de Exploración (Sigex), que tiene como objetivo permitir a las empresas hacer la entrega de los antecedentes correspondientes. La dirección web es: http://www.sernageomin.cl/ sernageomin-desarrolla-plataforma-para-proyectos-de- exploracion-geologica/.
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