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GESTIÓN E INNOVACIÓN EN CONTEXTOS EDUCATIVOS
PRÁCTICA 5.1.-ADMISIÓN DEL ALUMNADO
1.-¿En qué consiste la microplanificación educativa?
La microplanificación educativa es un proceso donde se analizan, se diseñan e
incorporan actividades para lograr un resultado pedagógico deseado. Toda
planificación debe formar parte del plan del sector educativo y, este, a su vez,
del plan general de desarrollo económico y social del país. Esto es, la
preparación de las instituciones educativas y del docente son las formas
directas de conseguir los objetivos generales de la nación en materia educativa.
En otras palabras, cuando hablamos de “microplanificación educativa”, nos
referimos a la herramienta técnica para la toma de decisiones que tiene como
fin facilitar la organización de los elementos que orientan el proceso educativo
con el objetivo de ajustar la oferta a la demanda.
2.-¿Es factible el derecho a elegir centro entendido en sentido
amplio?
Sí, es factible. La elección del centro educativo resulta una de las mayores
ventajas de la educación debido a que permite el estudio en el lugar donde tu
consideres apropiado.
Desgraciadamente, esto requiere de un sistema de puntuación dependiente de
muchas circunstancias y la probabilidad de que no puedas acceder al centro
deseado, existe; no obstante, normalmente, esto no ocurre así y, como norma
general, estudiarás en el centro solicitado si cumples unos requisitos mínimos.
Como la probabilidad de no admisión en tu centro solicitado está ahí, se te da
la posibilidad de mandar la solicitud a otros colegios cercanos o no a este.
3.-¿En qué consiste el Proceso de Admisión del Alumnado?
El Proceso de Admisión del Alumnado está regulado por la Ley Orgánica 2/2006,
del 3 de mayo. En ella se establece que las Administraciones educativas tienen
que regular la admisión del alumnado en los centros docentes públicos y
privados concertados, de manera que se garantice el derecho a la educación,
el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro.
Hablamos de un procedimiento desde la entrada en vigor de la Ley 39-2015, del
1 de octubre, se implementó un nuevo sistema integral de gestión educativa
con notables mejoras como: la posibilidad de presentación telemática de
solicitudes en el proceso ordinario de admisión; la integración en el mismo
proceso de admisión de todos los centros de primer ciclo de Educación Infantil
mantenidos con fondos públicos; a continuación, la simplificación del sorteo
público que permita resolver los posibles casos de empate entre puntuación que
se produzca en cada centro; y por último, la posibilidad de presentar la solicitud
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