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GESTIÓN E INNOVACIÓN EN CONTEXTOS EDUCATIVOS
                  PRÁCTICA 5.1.-ADMISIÓN DEL ALUMNADO



                  1.-¿En qué consiste la microplanificación educativa?

                  La microplanificación educativa es un proceso donde se analizan, se diseñan e
                  incorporan  actividades  para lograr  un  resultado  pedagógico deseado.  Toda
                  planificación debe formar parte del plan del sector educativo y, este, a su vez,
                  del  plan  general  de  desarrollo  económico  y  social  del  país.  Esto  es,  la
                  preparación  de  las  instituciones  educativas  y  del  docente  son  las  formas
                  directas de conseguir los objetivos generales de la nación en materia educativa.

                  En  otras  palabras,  cuando  hablamos de  “microplanificación  educativa”,  nos
                  referimos a la herramienta técnica para la toma de decisiones que tiene como
                  fin facilitar la organización de los elementos que orientan el proceso educativo
                  con el objetivo de ajustar la oferta a la demanda.

                  2.-¿Es  factible  el  derecho  a  elegir  centro  entendido  en  sentido
                  amplio?

                  Sí,  es  factible.  La  elección  del  centro  educativo  resulta  una  de  las  mayores
                  ventajas de la educación debido a que permite el estudio en el lugar donde tu
                  consideres apropiado.

                  Desgraciadamente, esto requiere de un sistema de puntuación dependiente de
                  muchas circunstancias y la probabilidad de que no puedas acceder al centro
                  deseado, existe; no obstante, normalmente, esto no ocurre así y, como norma
                  general, estudiarás en el centro solicitado si cumples unos requisitos mínimos.

                  Como la probabilidad de no admisión en tu centro solicitado está ahí, se te da
                  la posibilidad de mandar la solicitud a otros colegios cercanos o no a este.

                  3.-¿En qué consiste el Proceso de Admisión del Alumnado?

                  El Proceso de Admisión del Alumnado está regulado por la Ley Orgánica 2/2006,
                  del 3 de mayo. En ella se establece que las Administraciones educativas tienen
                  que  regular  la  admisión  del  alumnado  en  los  centros  docentes  públicos  y
                  privados concertados, de manera que se garantice el derecho a la educación,
                  el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro.

                  Hablamos de un procedimiento desde la entrada en vigor de la Ley 39-2015, del
                  1 de octubre, se implementó un nuevo sistema integral de gestión educativa
                  con  notables  mejoras  como:  la  posibilidad  de  presentación  telemática  de
                  solicitudes  en  el  proceso  ordinario  de  admisión;  la  integración  en  el  mismo
                  proceso de admisión de todos los centros de primer ciclo de Educación Infantil
                  mantenidos  con  fondos  públicos;  a  continuación,  la  simplificación  del  sorteo
                  público que permita resolver los posibles casos de empate entre puntuación que
                  se produzca en cada centro; y por último, la posibilidad de presentar la solicitud





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