Page 123 - Revista Judicial CSJ-Ica -Nelson Martin Pinedo Ob.
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Corte Superior de Justicia de Ica                                                                                      Revista Jurídica “Jus Liberabit Ica”
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                  cumplido con apersonarse válidamente al         real y efectivo, de las actualizaciones  de
                  proceso    y  no  haya  sido  declarada  su     las    liquidaciones    de     pensiones
                  rebeldía)  sin  considerar  el  lapso  de       devengadas, para que en igual proporción
                  tiempo  transcurrido que incluye variadas       puedan  ejercer  acciones  legales  en  el
                  circunstancias como que el abogado ya no        ejercicio de su defensa, porque de no ser
                  patrocine al demandado.                         así, se puede aprobar una liquidación que
                                                                  no    esté   acorde   a    la   realidad,
                  De  este  modo,  no  es  en  el  ejercicio  del   presentándose así un abuso del Derecho,
                  derecho  del    alimentista  donde  radica  la   cuyo  consentimiento  a  éste  abuso
                  contrariedad, sino en el lugar donde se le      conllevaría    para    el    demandado
                  notifica   al   deudor   alimentario   la       perjudicado  el  enfrentarse,  con  tal
                  liquidación  de  pensiones  alimenticias        vulneración,    a  un  proceso  penal  por
                  devengadas adeudada  esto es, cuando se         omisión a la asistencia familiar.
                  le notifica en  el  domicilio  procesal  y no
                  en  el  domicilio  real,  como  considero       Bajo  este  contexto,  la  suscrita  considera
                  opinión personal, debe hacerse, ello bajo       que  las  liquidaciones  practicadas  en  los
                  el principio y las  garantías de un debido      procesos  de  alimentos  desarchivados,
                  proceso  que  implica  el  derecho  a  la       deben notificarse en el domicilio real del
                  defensa,  más  aún,  si  el  expediente  a      deudor  alimentario,    en  aplicación  a  la
                  permanecido por meses e incluso años en         garantía  del  derecho  a  la  defensa  como
                  el  Archivo  Transitorio  sin  impulso          parte  de  un  debido  proceso,  como
                  procesal,  pues  en  estos  casos  existe  una   expondremos a continuación.
                  alta  probabilidad,  que  el  abogado
                  patrocinador  que  ejerció  la  defensa,  por   I.   LA    NOTIFICACIÓN          COMO
                  cualquier  motivo,  ya  no  tenga  contacto     GARANTÍA  DEL  DERECHO    A  LA
                  con el obligado alimentario.                    DEFENSA.

                  Ahora,  dirán  algunos,  ―cada  obligado        La  notificación,  es  un  acto  procesal,  el
                  sabe  y conoce que debe y cuánto debe‖,         más importante del proceso,  y tiene por
                  lo  cual  no  es  tan  cierto,  porque  en      finalidad    comunicar  a  las  partes
                  aplicación  de  las  máximas  de  la            procesales el contenido de las decisiones
                  experiencia,   sabemos    que    muchos         judiciales, y su publicidad permite que los
                  obligados    alimentarios   o   deudores        sujetos  que  participan  en  el  proceso
                  alimentarios     vienen      cumpliendo         ejerciten  su  derecho  constitucional  de
                  directamente  con  los  alimentistas  o  sus    defensa; por ello es que las resoluciones
                  representantes, por ello se debe minimizar      judiciales surten efecto, una vez que éstas
                  dentro  de  lo  posible  los  actos  que        han  sido  válidamente  notificadas  con
                  impliquen  el  abuso  del  Derecho,  como       arreglo a ley y luego del plazo establecido
                  cuando el acreedor alimentario solicita la      para  cada  caso  por  la  propia  norma
                  liquidación  de  pensiones  alimenticias        procesal.
                  devengadas  pese  a  tener  conocimiento
                  que  el  deudor  alimentario  ha  estado        Pero,  cuando  un  expediente  judicial  es
                  cumpliendo con dicha obligación.                desarchivado  por  una  de  las  partes,
                                                                  después  de  muchos  años  para  darle  el
                  Es  por  eso  que  considero  necesario  que    impulso  procesal,  es    necesario  que  se
                  los  demandados–obligados  alimentarios,        ponga en  conocimiento de la otra parte,
                  tomen conocimiento, no solo formal sino         las  resoluciones  que  como  consecuencia




                            “La Justicia es la reina de las virtudes republicanas y con ella se sostiene la igualdad y la libertad”
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