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PRINCIPALES FUENTES Y FONDOS DE RECURSOS del orden nacional y territorial para la financiación de proyectos de inversión destinados a atender la pandemia Sars Covid 19 en Colombia
2.6. Otras fuentes - Recursos del PGN y de las Entidades Territoriales
2.6.1. FONSAET
Durante el término de la emergencia sanitaria derivada del Coronavirus COVID-19, el Ministerio de Salud y Protec- ción Social podrá efectuar transferencias directas de re- cursos mediante actos administrativos de asignación a las Empresas Sociales del Estado y a los administradores de infraestructura pública de propiedad de las entidades te- rritoriales, destinadas a la prestación de servicios de sa- lud, para la financiación de la operación corriente o para in- versión en dotación de equipamiento biomédico, con el fin de garantizar la prestación de servicios de salud a la pobla- ción afectada por causa de la emergencia derivada del Co- ronavirus COVID-19.
Asimismo, el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la suscripción de conve-
nios o contratos, podrán asignar recur-
sos a Instituciones Prestadoras de
Servicios de Salud privadas o mix- tas que apoyen en la prestación de servicios para garantizar la atención a la población afecta- da por la pandemia de Covid-19 .
Estos fondos provienen del FONSAET los cuales pueden ser usados en la financiación y dota-
ción de equipamiento biomédico
y en gastos de operación corriente
de las Empresas Sociales del Estado para la atención de la población afecta- da por el Covid-19. Se podrán usar en :
4 Adecuación de infraestructura: Intervención fí- sica de la infraestructura de ambientes o espacios para la prestación temporal de servicios de salud, a través de in- fraestructura de tipo modular y fácil montaje. Estas inter- venciones se podrán realizar dentro o fuera de la educación del prestador, en áreas como auditorios, centros de con- venciones, salones de conferencias o zonas de expansión, entre otros.
4 Reconversión de infraestructura: Intervención física de la infraestructura de ambientes o espacios de una insti- tución, para la prestación temporal de servicios en áreas o ambientes de servicios no habilitados.
4 Ampliación de la capacidad instalada: en número de camas, salas quirúrgicas, salas de procedimientos, consul- torios, entre otros, para atención de pacientes.
4 Construcciones temporales: instalación temporal de infraestructura de tipo modular y fácil montaje, que puede incorporarse rápidamente a la red de prestación de servi- cios de salud, en respuesta a las necesidades de la deman- da insatisfecha de pacientes con infección por SARS-CoV-2 (Covid-19) o con otras patologías según la necesidad, que requieren atención intrahospitalaria.
4 Interventoría o supervisor: seguimiento realizado por una persona natural o jurídica para el control de la ejecu- ción de infraestructura fisca o de la dotación hospitalaria.
4 Dotación para nuevos servicios o amplia- ción de la capacidad instalada: dotación re- querida para poner en funcionamiento nuevos servicios que ha sido cons- truidos o ampliados en su infraes-
tructura física.
4 Equipo biomédico: disposi- tivo medico operacional y fun- cional que reúne sistemas y subsistemas eléctricos, elec-
trónicos, hidráulicos, incluidos programas informáticos que in- tervengan en su buen funciona- miento, destinado por el fabrican- te a ser usado en seres humanos con fines de prevención, diagnóstico, trata-
miento o rehabilitación.
4 Equipo industrial de uso hospitalario: equipa- miento tecno mecánico fijo requerido para el correcto fun- cionamiento de la edificación (plantas eléctricas, equipos de lavandería y cocina, calderas, bombas de agua, auto- claves, equipo de seguridad, refrigeración y aquellos rela- cionados con servicios de apoyo hospitalario, entre otros).
No aplica la financiación de proyectos de pre inversión, proyectos que no tengan conexidad con la atención de pa- cientes con infección por Coronavirus Covid-19 o proyectos de dotación de insumos.
A continuación, se presentan los requisitos para acceder a estos recursos:
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30. Artículo 5 del Decreto No. 538 de 2020. “Por el cual se adoptan medidas en el sector salud, para contener y mitigar la pandemia de COVID-19 y garantizar la presta- ción de los servicios de salud, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.
31. Resolución 750 de 2020. “Por la cual se adopta el tramite especial para la presentación de proyectos de inversión relacionados con la atención a la población afectada por el Coronavirus Covid-19.