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    PRINCIPALES FUENTES Y FONDOS DE RECURSOS del orden nacional y territorial para la financiación de proyectos de inversión destinados a atender la pandemia Sars Covid 19 en Colombia
 Específicos pro- yectos de uso industrial hos- pitalario
   a. Lisado de equipamiento industrial de uso hospitalario con especificaciones técnicas, cantidad, costos unitarios y totales.
b. Certificación de la entidad que presenta el proyecto, suscrita por el secreta- rio departamental o distrital de salud, o la entidad que tenga a cargo dichas com- petencias, en la cual conste que los precios unitarios corresponden al promedio de la región y que son los utilizados para el tipo de actividades contempladas en el proyecto.
c. Carta de intención de suscripción de convenios o contratos, cuando el admi- nistrador de la infraestructura pública sea una entidad privada. Los equipos que se compren serán de propiedad de la entidad territorial dueña de la infraestructura.
       PARA PROYECTOS PRESENTADOS A LAS SECRETARÍAS DEPARTAMENTALES Y DISTRITALES O LA ENTIDAD QUE TENGA A CARGO DICHAS COMPETENCIAS
 REQUISITOS
    PROCEDIMIENTO
    Estas determi- narán de acuerdo con lo previsto anteriormente, los documentos y demás requi- sitos necesarios, para la emisión de conceptos de pertinencia a su cargo.
  1. La secretaría departamental o distrital de salud o la entidad que tenga a cargo dichas competencias, deben indicar el correo electrónico en el cual las Empresas Sociales del Estado y los administradores de in- fraestructura pública de propiedad de la entidad territorial, deberán radicar el proyecto, así como los docu- mentos soporte.
2. Se deberá verificar la conveniencia del proyecto de inversión para garantizar la prestación de servicios de salud a la población afectada por el Coronavirus Covid-19.
3. La secretaría departamental o distrital de salud o la entidad que tenga a cargo dichas competencias, en el marco de sus competencias, emitirá en un término no mayor a 10 días calendario contados a partir de la radicación de los documentos, el concepto de pertinencia o no del proyecto de inversión.
4. La secretaría departamental o distrital de salud o la entidad que tenga a cargo dichas competencias re- mitirá vía correo electrónico el concepto emitido sobre el proyecto presentado a la Empresa Social del Esta- do y al administrador de infraestructura pública de propiedad de la entidad territorial.
5. La secretaría departamental o distrital de salud o la entidad que tenga a cargo dichas competencias, deberá reportar los proyectos aprobados dentro de los 15 días calendario siguiente a la expedición del con- cepto de pertinencia, a través del aplicativo del Plan Bienal de Inversiones Públicas en Salud en el formula- rio dispuesto para tal fin. t
    Tabla 19. Requisitos para movilizar recursos de fondos del FONSAET Fuente: Elaboración propia con en la información consultada.
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