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La Ley de Aguas Nacionales publicada en el Diario
Oficial de la Federación el 1° de diciembre de 1992 señala
que "La autoridad y administración en materia de aguas
nacionales y de sus bienes públicos inherentes
corresponde al Ejecutivo Federal quien la ejercerá
directamente o a través de la Comisión Nacional del
Agua (CNA)”
En México se ha legislado en materia de agua desde
hace más de cinco décadas. La ley actual abroga la de
1972 que tenía, como las anteriores, un carácter
predominantemente normativo y administrativo. La Ley
de Aguas Nacionales vigente contiene cambios
sustanciales relativos a la administración del agua, el
papel de la autoridad y la responsabilidad de los
usuarios respecto de este recurso. Es además una ley
coercitiva que establece sanciones y penalidades para
los infractores.
La Comisión Nacional del Agua es una importante
dependencia del sector público que hereda gran parte de
las funciones que anteriormente estaban a cargo de una
secretaría de estado, la Secretaría de Recursos
Hidráulicos. Acorde con el rol secundario que se ha
asignado a la agricultura en el proceso de desarrollo,
esta secretaría reducida al nivel de una Comisión, pasó a
formar parte de la Secretaría de Agricultura y Ganadería
en la década de los ochenta.