Page 149 - FLIP SEXTO TETRA V2
P. 149
CONCLUSION
A manera de concluir esta presentación ,Es la
fuente de derecho internacional laboral
representada en sus Convenios y
Recomendaciones y en los documentos que
emanan de su mecanismo de control de la
aplicación de esas normas internacionales del
trabajo. La aplicación de las normas
internacionales del trabajo es impuesta por los
mecanismos de control , establecidos por
diferentes artículos de la Constitución de la
OIT. Según el artículo 19, los Estados
Miembros deben presentar, a intervalos
regulares, un informe sobre los Convenios y las
Recomendaciones no ratificados que indique el
efecto dado o que cuente dar a esos
instrumentos. Según el artículo 22, los Estados
Miembros que han ratificado Convenios de la
OIT deben someter regularmente informes.
TR
Agregue un pie de página EY 26
rese
arch