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transparencia. La iniciativa fue aprobada por unanimidad en las dos Cámaras del Congreso de la
        Unión y por la totalidad de las legislaturas locales.



        19. INDIQUE EN QUÉ CONSISTE EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

        Constituye un medio de control jurisdiccional de los actos de la administración pública, puesto que
        representa una instancia por medio de la cual los administrados pueden lograr la defensa de sus
        derechos e intereses, cuando se ven afectados por actos administrativos ilegales.


        El  Contencioso  Administrativo  se  instaura  en  contra  de  los  actos  administrativos  emitidos  por  los
        órganos integrantes de la administración pública en el desempeño de su gestión administrativa

        El Procedimiento administrativo que forma un Titulo Especial del Código Fiscal separado de la Ley
        Orgánica del Tribunal sobre la materia, se inicia:

        A).  Con  la  Demanda  de  Nulidad   la  cual  deberá  ser  presentada  (salvo  en  casos  determinados),
        dentro  de  los  quince  días  siguientes  a  aquel  en  que  haya  surtido  sus  efectos  la  resolución
        impugnada o en el plazo de cinco años cuando la autoridad fiscal pida la nulidad de una resolución
        favorable  a  un  particular,  excepto  cuando  di  cha  resolución  haya   originado  efectos  de  tracto
        sucesivo  en  que  la  nulidad  puede  demandarse  en  cualquier  época  sin  exceder  de  cinco  años
        (Art.192).

        B).La Contestación de la Demanda debe producirse dentro del término de quince días y la Audiencia
        del Juicio se fijara dentro de un plazo que no exceda de cuarenta y cinco días (Art.200).

        C).El Magistrado Instructor declarara Cerrada la Instrucción diez días después de la contestación de
        la demanda cuando hayan desahogado las Pruebas y resuelto los Incidentes, pudiendo las partes
        presentar alegatas dentro de los cinco días siguientes al acuerdo que declare Cerrada la Instrucción
        (Art.235).
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