Page 1588 - FLIP SEXTO TETRA V2
P. 1588
transparencia. La iniciativa fue aprobada por unanimidad en las dos Cámaras del Congreso de la
Unión y por la totalidad de las legislaturas locales.
19. INDIQUE EN QUÉ CONSISTE EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
Constituye un medio de control jurisdiccional de los actos de la administración pública, puesto que
representa una instancia por medio de la cual los administrados pueden lograr la defensa de sus
derechos e intereses, cuando se ven afectados por actos administrativos ilegales.
El Contencioso Administrativo se instaura en contra de los actos administrativos emitidos por los
órganos integrantes de la administración pública en el desempeño de su gestión administrativa
El Procedimiento administrativo que forma un Titulo Especial del Código Fiscal separado de la Ley
Orgánica del Tribunal sobre la materia, se inicia:
A). Con la Demanda de Nulidad la cual deberá ser presentada (salvo en casos determinados),
dentro de los quince días siguientes a aquel en que haya surtido sus efectos la resolución
impugnada o en el plazo de cinco años cuando la autoridad fiscal pida la nulidad de una resolución
favorable a un particular, excepto cuando di cha resolución haya originado efectos de tracto
sucesivo en que la nulidad puede demandarse en cualquier época sin exceder de cinco años
(Art.192).
B).La Contestación de la Demanda debe producirse dentro del término de quince días y la Audiencia
del Juicio se fijara dentro de un plazo que no exceda de cuarenta y cinco días (Art.200).
C).El Magistrado Instructor declarara Cerrada la Instrucción diez días después de la contestación de
la demanda cuando hayan desahogado las Pruebas y resuelto los Incidentes, pudiendo las partes
presentar alegatas dentro de los cinco días siguientes al acuerdo que declare Cerrada la Instrucción
(Art.235).

