Page 536 - FLIP SEXTO TETRA V2
P. 536

6.1.2.- RAMA DE
                                     PRODUCCIÓN




                             NACIONAL EN EL




                                               CASO DE





                                  PRODUCTORES





                           IMPORTADORES O




                                  PRODUCTORES
                La Unidad de Prácticas Comerciales
                Internacionales de la Secretaría de Economía,

                en adelante la Secretaría, es la unidad
                                 VINCULADOS A
                administrativa encargada de llevar a cabo el
                procedimiento de investigación contra

                           IMPORTADORES O
                prácticas desleales de comercio internacional,
                en su modalidad de discriminación de precios
                o dumping. Dicho procedimiento se encuentra
                regulado por el Acuerdo relativo a la
                              EXPORTADORES.
                Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General

                sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de
                1994 ("Acuerdo Antidumping" o AAD), la Ley
                de Comercio Exterior (LCE) y el Reglamento de
                la Ley de Comercio Exterior (RLCE).
   531   532   533   534   535   536   537   538   539   540   541