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UNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL MUNICIPIO
DE TEPOZTLÁN
En lo que se refiere a un cumplimiento pleno y absoluto en materia de derecho de Acceso a la Infor-
mación, Transparencia y rendición de cuentas. Art. 2 y 23 –A de la Constitución Política del Estado de
Morelos. para todos los Municipios la ley tuvo un cambio y con ello el proceso en la nueva Ley de Trans-
parencia publicada el 27 de abril de 2016, en el periódico oficial “Tierra y Libertad” de Morelos.
Así como la ley general de transparencia y acceso a la Información Pública, en el diario oficial de la
federación el 4 de mayo de 2015. Tienen por objeto establecer los principios, bases generales y proce-
dimientos para garantizar el derecho de acceso a la información, en posesión de cualquier autoridad,
entidad, órgano y organismos. Lo cual nos da una interpretación más amplia así como el cambio de
nombre del área que antes se conocía como Unidad de Información Pública.
Ahora como Unidad de Transparencia, las unidades administrativas adquieren una mayor responsabi-
lidad a cargo del Director o Responsable de la misma en su actividad pública que formule, produzca,
procese, administre y tenga a su resguardo información pública de oficio ya que es un derecho que tiene
todo ciudadano de conocer y estar informado, sobre el funcionamiento de su autoridad que lo gobier-
na. El municipio ha cambiado y está a la vanguardia de los cambios en la ley. Así como de dar a conocer
lo que realiza en sus compromisos, a través de su página WEB y su portal de transparencia; ahora con el
cambio, a la plataforma nacional de transparencia; por otra parte en relación a la información pública,
el área presenta la siguiente tabla.
IMAGEN DE PORTADA DE PAGINA WEB
Sitio Web de la entidad: www.municipiodetepoztlan.gob.mx
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