Page 12 - HIPOTECA BANCAJA
P. 12
Banco de España, quien dará una difusión adecuada
al mismo que, en todo caso, se publicará mensual-
mente en el Boletín Oficial del Estado.
b) A los efectos del cálculo del tipo de inte
rés nominal anual aplicable a cada uno de los pe
ríodos de interés, el índice de referencia que se
utilizará es el del segundo mes anterior a aquél en
que corresponda la aplicación de un nuevo tipo de
interés. En dicho índice de referencia no se efec
tuará ningún ajuste o conversión para el cálculo
del tipo de interés nominal anual aplicable.-------
3. Tipo de interés sustitutivo. Si por cual
quier causa dejase de publicarse el índice de refe
rencia aplicable se aplicará el tipo de interés
sustitutivo, que será el tipo de interés nominal
anual obtenido de conformidad con las siguientes
reglas:--------------------------------------------
a) Como índice de referencia se aplicará el
tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de
tres años para adquisición de vivienda libre conce
didos por el conjunto de las entidades de crédito.—
Dicho índice se define como la media simple de
los tipos de interés medios ponderados por los
principales de las operaciones de préstamo con ga-