Page 8 - Prueba de noche
P. 8
Sumidero”, la empresa cuenta desde 1999 con Licencia de Funcionamiento expedida por la
Semarnat, actualizada en dos ocasiones, a pesar que la legislación vigente prohíbe la realización
de ciertas actividades productivas en la zona. Además, advirtió que a 38 años de la expedición
del decreto presidencial que declara al “Cañón del Sumidero” como Área Natural Protegida,
desde 1980, el área no cuenta con el Programa de Manejo establecido en la normatividad
ambiental mexicana.
Además, al analizar los resultados de diferentes investigaciones realizadas por instituciones
públicas y académicas, la CNDH encontró que la cal esparcida en el ambiente es factor
importante en el desarrollo de diversos padecimientos entre los habitantes. Por ello, la CNDH
solicita a la Semarnat instruir a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente imponga las
medidas técnicas correctivas para evitar que continúe el daño ambiental.
Además, que emita una orden de inspección para verificar el cumplimiento de la normatividad e
interponga el juicio de lesividad para promover la nulidad de la Licencia de Funcionamiento de
la empresa. También que identifique permisos, licencias, resoluciones o cualquier otro acto
administrativo que autorice el desarrollo de acciones dentro del “Cañón del Sumidero” que no
sean compatibles con las permitidas en los Parques Nacionales y, de existir, promueva su
revocación.
https://aristeguinoticias.com/2804/mexico/cndh-emite-recomendacion-por-falta-de-proteccion-al-canon-del-
sumidero/
8