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GESTIÓN E INNOVACIÓN EN CONTEXTOS EDUCATIVOS PRÁCTICA 5.1.-ADMISIÓN DEL ALUMNADO
1.-¿En qué consiste la microplanificación educativa?
La microplanificación educativa es un proceso mendiante el que se estudian las necesidades futuras de escolarización y se programan las plazas a ofertar con el fin de ajustar la oferta a la demanda de escolarización.
2.-¿Es factible el derecho a elegir centro entendido en sentido amplio?
No, hay muchos factores que condicionan la adjudicación del alumnado a los colegios.
3.-¿En qué consiste el Proceso de Admisión del Alumnado?
El proceso de admisión consiste en distribuir la oferta entre las familias demandantes de escolarización y cuando hay mayor demanda que oferta se han de que aplicar unos criterios de baremación. La admisión de centros no universitarios tienen todos el mismo régimen.
4.-¿Por qué decimos que el proceso de admisión se refiere a dos derechos fundamentales?
En la Constitución los derechos fundamentales son del 15 al 19. El proceso de admisión se refiere al derecho de educación que es fundamental y al principio de igualdad (ante distinto sexo, distinta etnia...) recogido en el art. 14. El derecho de educación y el principio de igualdad van siempre juntos.
5.-¿Están recogidas las bases del derecho de admisión en la LOE?
Efectivamente, están recogidos en los artículos 84 a 88 del capitulo 3 que tarta sobre la escolarización en los centros públicos y privados concertados. Pertenece a un título de equidad en la educación.
6.-¿Qué significado tiene lo que establece el Art.86 de la LOE sobre la igualdad administrativa de los centros públicos y privados concertados?
Plantea que el trato administrativo tanto de los centros públicos como de los privados concertados ha de ser equitativos. Se considera que ambos están haciendo servicio público por tanto, tienen que tener el mismo trato de la administración.
7.-¿Qué quiere decir la siguiente cita de la LOE?
<<Las administraciones educativas pueden solicitar la colaboración de otras instancias administrativas para garantizar la autenticidad de los datos que los interesados y los centros aporten en el proceso de admisión del alumnado>>.
Lo que quiere decir esta cita es que si hoy en día se solicita la renta para la admisión de los alumnos a un centro, la renta no ha de estar manipulada y por esa razón las administraciones educativas colaboran con el fin de corroborar que son ciertas y tienen validez legal.



















































































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