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RESERVA DE COMPRA AD REFERENDUM – BLANQUEO LEY 27.260
RECIBIMOS de ……………………………………………………………………………. D.N.I
……………….…., con domicilio en ……………………………………………………, en
adelante “EL DADOR DE LA RESERVA,” la suma de U$S ………………….
(……….....................................................................…………… DÓLARES BILLETES
ESTADOUNIDENSES) en efectivo, imputada a reservar y ofertar precio por el inmueble
sito en ………………………………………………, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
sirviendo el presente como recibo suficiente por la entrega de dicha suma, de acuerdo a
las siguientes condiciones:
1. Que esta venta se realice por el monto total de U$S....................-. (DÓLARES BILLETES
ESTADOUNIDENSES …………………………………………….) que “EL DADOR DE LA
RESERVA” declara poseer y se compromete a entregar en moneda DÓLARES
BILLETES ESTADOUNIDENSES.--------------------------------------------------------------------------
2. El monto mencionado será abonado de la siguiente manera: la suma de
U$S…..………(DÓLARES BILLETES ESTADOUNIDENSES…………………………………)
al momento de la firma de la escritura traslativa de dominio y/o del boleto de compra venta,
con fecha tope para la firma de dichos instrumentos el día …….de ……………………….
del 2017 a las .....:.... hs. Dicho monto será abonado por "EL DADOR DE LA RESERVA"
con dinero proveniente del régimen de la ley 27.260 de sinceramiento fiscal, situación que
la parte VENDEDORA conoce y acepta. "EL DADOR DE LA RESERVA" afrontará todos
los gastos, y/o cargos, y/o impuestos, y/o comisiones, que dicho procedimiento irrogue,
como también se compromete a presentar toda la documentación que le fuera requerida
por la entidad bancaria, con la antelación suficiente para que pueda hacerse efectiva la
transferencia por el saldo del precio, el día del otorgamiento de la escritura traslativa de
dominio y/o de la firma del boleto de compraventa, a cuyo efecto la parte VENDEDORA
deberá contar con la pertinente cuenta bancaria.---------------------------------------------------------
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3. La posesión se otorgará libre de ocupantes y/o intrusos. Así mismo será condición esencial
que la parte VENDEDORA no se encuentre inhibida para disponer de sus bienes, ni que el
inmueble se encuentre con embargo o restricción alguna.---------------------------------------------
4. Se deja expresa constancia que la presente reserva se toma AD REFERENDUM, por
ende, la presente reserva se encuentra sujeta a la aceptación de la parte VENDEDORA
por el plazo de 5 días hábiles. Una vez vencido dicho plazo “EL DADOR DE LA
RESERVA” se compromete a notificarse personalmente dentro de las 48 (cuarenta y
ocho) horas en el domicilio del corredor (sito en Allende 3401, Ciudad Autónoma de

