Page 24 - PROYECTO INTEGRADOR COMPLETO 1
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Poder notarial del representante legal donde se acredita su personalidad
Identificación oficial vigente del representante legal
Comprobante de domicilio con una antigüedad menor a 3 meses
Proporcionar dirección de correo electrónico
o Padrón General de Importadores (GALVÁN, 2016)
SOCIEDAD COOPERATIVA
La cooperativa es una sociedad constituida por personas que se asocian, en
régimen de libre adhesión y baja voluntaria, para la realización de actividades
empresariales, encaminadas a satisfacer sus necesidades y aspiraciones
económicas y sociales, con estructura y funcionamiento democrático.
Estas sociedades son útiles para empresas que tengan por objeto la colaboración
de sus socios para el logro de un objetivo común
Características
Capital Social: El capital social estará constituido por las aportaciones de
los socios. Los estatutos fijarán el capital social mínimo con que puede
constituirse y funcionar la cooperativa, que deberá estar totalmente
desembolsado desde su constitución.
Las aportaciones de los socios al capital social se realizaran en moneda de
curso legal. No obstante, si lo prevén los estatutos o lo acordase la
Asamblea General, también podrán consistir en bienes y derechos
susceptibles de valoración económica. En este caso, el Consejo Rector
deberá fijar su valoración, previo informe de uno o varios expertos
independientes.
Los estatutos fijarán la aportación obligatoria mínima al capital social para
ser socio, que deberán desembolsarse, al menos en un 25% en el momento
de la suscripción.
La Asamblea General podrá acordar la exigencia de nuevas aportaciones
obligatorias.
El socio disconforme con la exigencia de nuevas aportaciones podrá darse
de baja, calificándose ésta como justificada.
Documentación Social:
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