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ACUERDO DE ASOCIACIÓN ECONÓMICA, CONCERTACIÓN POLÍTICA Y COOPERACIÓN
Acuerdo Global
Tras 2 años de negociaciones, el 22 de abril del 2018, México alcanzó un acuerdo en principio con la Unión Europea para modernizar el marco jurídi- co bilateral. El Acuerdo Global con la Unión Euro- pea no sólo aborda aspectos comerciales (TLCUEM), también incluye aspectos políticos, migratorios y de cooperación que permitirán forta- lecer el diálogo político, incrementar los flujos comerciales y de inversión, así como elevar la coo- peración técnica y científica.
Dicho Acuerdo Global, en el Pilar de Comercio, elimina aranceles a productos mexicanos como jugo de naranja, el atún, la miel, el jarabe de agave, la ovoalbumina y frutas y vegetales, entre otros y fortalece la regulación sanitaria; amplía la cobertura en el comercio de servi- cios, al incorporar telecomunicaciones, entrada tempo- ral de personas y servicios relacionados con la economía digital; y se refuerza las disposiciones para la protección de inversiones, incluyendo un mecanismo de solución de controversias.
Las conversaciones seguirán para definir los aspectos técnicos, finalizar el texto legal e iniciar el proceso de firma, aprobación y ratificación por ambos Congresos.
TRATADO INTEGRAL Y PROGRESISTA DE
Referido también como TPP 11, este tratado confor- mará un área de libre comercio integrada por Austra- lia, Brunei Darussalam, Canadá, Chile, Japón, Malasia, México, Nueva Zelandia, Perú, Singapur y Vietnam. Con la ausencia de China y Estados Unidos, se conclu- yó una negociación entre países de cuatro regiones geográficas (Norteamérica, Sudamérica, Oceanía y Asia) cuyas economías representan el 13% del comer- cio global.
El tratado, considerado uno de los principales acuer- dos comerciales de las últimas dos décadas, estable- ce mecanismos para eliminar aranceles sobre produc- tos industriales y agrícolas.
El CPTPP incorpora las disposiciones de los 30 capítu- los del Tratado de Asociación Transpacífico (TPP), con excepción de los temas relativos a la adhesión de Estados, entrada en vigor, denuncia y textos auténticos e incluye una lista de disposiciones cuya aplicación estará suspendida: facilitación de comer- cio, inversión, comercio de servicios, contratación pública, propiedad intelectual y medio ambiente.
El CPTTP entrará en vigor a los 60 días siguientes a la fecha en la que al menos 6 países firmantes lo hayan notificado por escrito a Nueva Zelandia, país que funge como depositario del Tratado. Lo que se estima, pueda suceder a fines de este año o en la primera mitad del 2019.
Colombia, Brasil, Corea del Sur y Reino Unido han expresado su interés de participar en este mecanismo multilateral.
ENTRE MÉXICO Y LA UNIÓN EUROPEA
ASOCIACIÓN TRANSPACÍFICO (CPTPP).