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o ¿Qué órganos lo ejercen?
Sistema americano o difuso Desarrollado en Estados Unidos, sirvió de base para la
mayoría de los países americanos.
Se caracteriza, en general, por la facultad
atribuida a todos los jueces para inaplicar,
en un caso concreto, una disposición
secundaria que sea contraria a la Constitución.
Efecto inter partes.
Sistema Austriaco o concentrado
El control de constitucionalidad de la ley
se encomienda a órganos especiales
(v. gr. Corte o Tribunal constitucional). No pueden realizarla los jueces ordinarios. Efectos
generales. Sistema Mixto. Entraña una combinación de los sistema difuso y concentrado.
o ¿Quién puede promover?
Es el fundamento para que los Estados democráticos puedan establecer en forma
equilibrada mecanismos para resolver las controversias entre los diversos órganos de
poder; lo cual incluye, que las facultades de creación de la norma, por parte del poder
legislativo, se encuentran dentro de los lineamientos constitucionales.
Derecho Constitucional y control de convencionalidad 5