Page 37 - MANUALES DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO PARA ALCALDÍAS
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CAPÍTULO CUARTO
ARTÍCULO 3. DE LOS FACTORES PARA LA DETERMINACION DE LAS FUNCIONES
ESPECIALES Y REQUISITOS MINIMOS: Los factores que se tendrán en cuenta para la
determinación de las funciones especiales serán fijados en función de los estudios, la
experiencia laboral y los cursos específicos.
DE LOS ESTUDIOS: Se entiende por estudios la serie de contenidos académicos
realizados en Instituciones públicas y privadas debidamente reconocidas por el gobierno
nacional correspondientes a la educación primaria, secundaria y superior, de pregrado y de
postgrado.
DE LA EXPERIENCIA: Se entiende por experiencia los conocimientos, las habilidades y
las destrezas adquiridas o desarrolladas mediante el ejercicio de una profesión, ocupación,
arte u oficio.
CONOCIMIENTO: Es el nivel de educación y experiencia en el área que exige el cargo.
DE LAS HABILIDADES Y DESTREZAS: Son las capacidades mentales y motoras
requeridas para ejercer las funciones del cargo.
Pudiéndose establecer una combinación conveniente de los factores antes descritos.
ARTÍCULO 4. DE LA VIGENCIA: El presente Resolución rige a partir de la fecha de su
publicación en la Gaceta Municipal y deroga las demás disposiciones que le sean
contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Alcalde del Municipio Jacinto Plaza del Estado
..........., a los ( ) días del mes de de 2018.
Dios, Revolución y Federación
Economista WILLIAM PÁEZ
ALCALDE
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