Page 88 - Manual de Convivencia Escolar 2018 – 2019
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Manual de Convivencia Escolar 2018 – 2019



                  6.  Si  se  tiene  conocimiento  que  el  alumno  o  alumna  se  encuentra  con  socialización
                      callejera, permanece solo en el domicilio durante prolongadas horas (evaluar la edad del
                      alumno o alumna), o la situación de vulneración de derechos es de gravedad, se deberá
                      informar al Director del Establecimiento, para activar la red de protección a la infancia
                      (OPD, PPF, Tribunales de familia, etc.), con un plazo de 48 horas


                  7.  Si  lo  anterior  no  surge  efecto  se  debe  dar  cuenta  al  plan  cuadrante  de  Carabineros,
                      poniendo énfasis en las situaciones antes mencionadas, para que concurran al domicilio
                      y evidencien el estado y situación del niño o niña en el hogar.



                  Cabe señalar que en cada instancia señalada anteriormente se resguardara la intimidad e
                  identidad del alumno afectado










































































                  “Crecer es avanzar y no detenerse jamás”                                              88
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