Page 9 - Portafolio de servicios v3
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DBL Gestión Documental



                                       La elaboración de estas TRD se les aplica el los
                                       pasos metodológicos en el que se contemplan las

                                       cuatro etapas:

                                        1. Investigación preliminar

                                              •  Compilación de información institucional.

                                              •  Entrevista  con  los  productores  de  la
                                                 institución.

                                        2. Análisis e interpretación de la información
                                               •  Con  el  fin  de  conformar  las  series  y

                                                   subseries
                                               •  Valoración  y  selección  Documental

                                                   Teniendo en cuenta la información de la
                                                   encuesta.

                                        3. Elaboración  y  presentación  de  las  tablas  de
                                            retención.

                                               •  Se  presenta  para  un  primer  aval  la
                                                   propuesta de las TRD mediante acta ante

                                                   el comité interno de archivo.
                                               •  Posterior aprobación se envía al Comité

                                                   evaluador del AGN
                                               •  Si hay alguna observación se atenderán

                                                   y se enviarán nuevamente.
                                        4. Aplicación

                                               •  Elabora y se entrega un instructivo para
                                                   su aplicación

                                               •  Se  hace  la  respectiva  difusión  y
                                                   publicación de la fecha en la que su uso

                                                   será obligatorio para la compañía
                                   Este procedimiento es ajustado acorde al concepto e

                                   instructivo  del  AGN,  siempre  siguiendo  los
                                   parámetros de ley establecido para este fin.






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