Page 9 - CARTILLA FINAL
P. 9
3.1 COMITE DE CONVIVENCIA
El comité de convivencia laborar contribuye a la prevención y
solución de posibles conductas de acoso laboral de la
comunidad de SEEL S.A y a prever los posibles riesgos
psicosociales que afectan la salud en los lugares de trabajo.
FUNCIONES
1. Recibir y dar trámite a quejas.
2. Examinar de manera confidencial los casos.
3. Escuchar a las partes involucradas.
4. Generar espacios de dialogo.
5. Formular un plan de mejora.
6. Hacer seguimiento a los compromisos.
PROCEDIMIENTOS
1. Presente su queja o sugerencia a través de correo electrónico
(convivenciaseel@gmail.com) o ingrésela en los buzones que se
encuentran en las puertas principales de las bodegas (50-90)
2. Las solicitudes radicadas serán verificadas por el comité de
convivencia y este a su vez procederá si la solicitud descrita
obedece a situaciones que pueden constituir acoso laboral, así
mismo con las pruebas que las soportan.
3. En el caso de encontrar una situación que pueda constituir acoso
laboral, se le asignará un número de consecutivo de expediente, se
nombrará una comisión de 2 miembros del comité de convivencia
laboral, quienes citarán a las partes involucradas en forma
independiente.