Page 35 - OPOSOCIAL 25 - GUIA DE AYUDAS PARA LAS FAMILIAS
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 IV. BENEFICIOS FISCALES POR HIJO A CARGO Y OTRAS CIRCUNSTANCIAS FAMILIARES EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF)
EL PRINCIPAL OBJETIVO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF) ES QUE TODOS LOS CIUDADANOS CONTRIBUYAMOS EN EL SOSTENIMIENTO DE LOS GASTOS PÚBLICOS PARA PODER DISFRUTAR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS EN IGUALDAD DE POSIBILIDADES. ESTA CONTRIBUCIÓN HA DE HACERSE DE ACUERDO A LA CAPACIDAD ECONÓMICA DE CADA UNO DE MANERA QUE SE FACILITE LA REDISTRIBUCIÓN DE LA RENTA. PARA SABER CUÁL ES LA CAPACIDAD ECONÓMICA DE LOS CIUDADANOS HAY QUE TENER EN CUENTA SUS CIRCUNSTANCIAS PERSONALES Y FAMILIARES.
Las sucesivas reformas del IRPF tienen entre sus objetivos fundamentales mejorar la equidad, la eficiencia, la neutralidad, y la suficiencia, además de favorecer el crecimiento económico. A tal fin se elevan los umbrales de rentas no sometidas a tributación y se establece un tratamiento fiscal más equitativo de las circunstancias personales y familiares del contribuyente, mediante una notable elevación de las cuantías del mínimo personal y familiar, que no se someten a tributación al gravarse a un tipo cero.
Las medidas fiscales de apoyo a las familias pueden ser establecidas por el Estado, pero también pueden establecerlas las Comunidades Autónomas que han asumido esa competencia, o que por su Régimen Foral (País Vasco y Navarra) poseen ya esa competencia. Algunas de estas medidas consisten en la posibilidad de realizar la declaración conjunta, la exención de anualidades por alimentos percibidos de los padres en virtud de decisión judicial, la tributación favorable de las pensiones en favor de los hijos... Y por supuesto una serie de reducciones y deducciones que vamos a mencionar a continuación, que resultarán aplicables en la declaración de Renta 2018 que se presentará entre el 2 abril y el 1 de julio de 2019.
A efectos del IRPF, constituyen modalidades de unidad familiar las siguientes: a) La integrada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiere:
- Los hijos menores de edad, salvo los que, con consentimiento de los padres, vivan independientes de éstos.
- Los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
Por tanto, en el caso de una separación de hecho existe una unidad familiar.
b) En los casos de separación legal, o cuando no existiera vínculo matrimonial, la formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro, siempre que reúnan alguno de los requisitos del apartado anterior.
1. DEDUCCIONES ESTATALES
¿Qué establece la normativa del impuesto?
La normativa del IRPF establece un mínimo personal y familiar que no se somete a tributación.
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