Page 19 - [OPOSOCIAL] TEMA 26 ESPECIFICO V2
P. 19
Tema 26 – Oposiciones Trabajo Social Acogimiento Familiar.
a cualquier otra situación, de pareja o no, que ofrezca esa garantía de estabilidad y apoyo afectivo a los niños y niñas durante el tiempo que dure el acogimiento.
El acogimiento familiar de un/una menor conlleva:
o Previsión de visitas con la familia de origen.
o Previsión de duración temporal.
o Un proyecto de acogimiento que contemple las causas que lo
motivaron, los compromisos y obligaciones de la familia biológica, de la acogedora y del Instituto Aragonés de Servicios Sociales:
Compensación económica para la manutención. Apoyo técnico y seguimiento.
¿Qué tipos de acogimiento familiar hay?
o El acogimiento puede tener lugar en familia extensa (son los familiares del niño/niña, abuelos, tíos...) o en familia ajena (Artículo 173 bis Código Civil).
o En Familia Extensa podrán ser de carácter temporal (hasta dos años de duración) o permanente (a partir de dos años de duración).
o En Familia Ajena la norma distingue los siguientes tipos:
o AcogimientoFamiliardeUrgencia:principalmenteparamenoresdeseis años pero no exclusivamente, que tendrá una duración no superior a seis meses, mientras se diagnostica la situación familiar o se decide una
medida más estable y duradera.
o Acogimiento Familiar Temporal: que tendrá carácter transitorio, bien
porque de la situación del menor se prevea la reintegración de éste en su propia familia, o bien en tanto se adopte una medida de protección que revista un carácter más estable como el acogimiento permanente o la adopción. Este acogimiento tendrá una duración máxima de dos años, salvo que el interés superior del menor aconseje la prórroga de la medida por la previsible reintegración familiar, o la adopción de otra medida de protección definitiva.
Academia Oposocial.es
19