Page 27 - [OPOSOCIAL] TEMA 26 ESPECIFICO V2
P. 27
Tema 26 – Oposiciones Trabajo Social Acogimiento Familiar.
a) Suficiente interés por el bienestar del menor, puesto de manifiesto por los solicitantes.
b) Existencia de vínculo afectivo entre los solicitantes y el menor, o, en su defecto, posibilidades de establecerlo.
c) Capacidad de los solicitantes de preservar al menor de las condiciones que generaron la situación de desamparo, así como una adecuada aptitud educadora.
d) Ausencia de oposición al acogimiento por las personas que convivan en el domicilio de los solicitantes.
e) Menor distancia generacional entre los solicitantes y el menor y adecuación de la edad entre los mismos.
2. Los criterios indicados en el párrafo anterior serán modulados de acuerdo con la edad, expectativas y alternativas que se ofrezcan al menor, siempre y cuando se cumplan unos requisitos básicos para la adecuada atención de sus necesidades.
Artículo 103.Trámite de audiencia a los solicitantes.
Una vez realizado el estudio y valoración de idoneidad de los solicitantes, siempre que sea posible se les dará audiencia de forma personal y presencial al objeto de explicarles el contenido de la valoración. Si ello no fuera posible se les pondrá de manifiesto el resultado de la valoración y se le dará plazo de diez días hábiles para formular alegaciones.
Artículo 104. Resolución. Corresponderá al Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales dictar resolución motivada de idoneidad o no idoneidad de los solicitantes.
Artículo 105. Inscripción en el Registro de Protección de menores. La inscripción del acogedor de familia extensa en el Registro de Protección de
Academia Oposocial.es
27