Page 12 - PASO6_HUGO_MERA
P. 12

ARTÍCULO 27: Clasificación de los
                                                                          servicios de telecomunicaciones.
                                                                          ARTÍCULO 28: Servicios básicos
                                                   CAPITULO I             ARTÍCULO 29: Servicios de difusión.
                                                   CLASES DE              ARTÍCULO 30: Servicios telemáticos.
                                                   SERVICIOS              ARTÍCULO 31: Servicios de valor
                                                                          agregado.
                                                                          ARTÍCULO 32: Servicios auxiliares
                                                                          de ayuda.
                                                                          ARTÍCULO 33: Servicios especiales.





    Decreto 1900 de
         1990                                                               ARTÍCULO 34: Formas de prestación de
                                                                            los servicios de telecomunicaciones.
    "Por el cual se           TITULO III                                    ARTÍCULO 35: Formas de prestación de

     reforman las                                                           los servicios de telecomunicaciones entre
                                                                            localidades del territorio nacional.
  normas y estatutos         SERVICIOS DE                                   ARTÍCULO 36: Prestación del servicio de

   que regulan las         TELECOMUNICAC                                    telecomunicaciones a cargo de las

     actividades y                IONES                                     entidades territoriales.
     servicios de                                                           ARTÍCULO 37: Prestación de los

 telecomunicaciones                                                         servicios básicos de telecomunicaciones
       y afines".                                                           internacionales.
                                                                            ARTÍCULO 38: Recepción directa de
                                                                            señales internacionales.
                                                                            ARTÍCULO 39: Autorización para
                                                       CAPITULO II          modificación de los servicios de
                                                   PRESTRACION DE           telecomunicaciones.
                                                    LOS SERVICIOS           ARTÍCULO 40: Criterios para otorgar las
                                                            DE              concesiones.
                                                   TELECOMUNICACI           ARTÍCULO 41: Sujeción al estatuto
                                                                            general de contratación administrativa.

                                                           ONES             ARTÍCULO 42: De quienes pueden
                                                                            prestar servicios auxiliares de ayuda.
                                                                            ARTÍCULO 43: Competencia para otorgar
                                                                            las concesiones.
                                                                            ARTÍCULO 44: Incorporación de
                                                                            reglamentos técnicos y jurídicos.
                                                                            ARTÍCULO 45: Duración de las
                                                                            concesiones.
                                                                            ARTÍCULO 46: Cesión de las
                                                                            concesiones.
                                                                            ARTÍCULO 47: servicios que se requieren
                                                                            como soporte para la conducción de otros
                                                                            servicios.
                                                                            ARTÍCULO 48: Régimen de los servicios
                                                                            de radiodifusión sonora y de televisión.
   7   8   9   10   11   12   13   14