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LA INSCRIPCION
Quién Se Puede Inscribir
Si usted es programado a trabajar por lo menos 30 horas o más por semana, usted y sus dependientes elegibles pueden participar en el programa
de beneficios de JONS Marketplace. Sus dependientes elegibles incluyen:
Cónyuge legal
Compañero doméstico del mismo o el opuesto sexo
Hijos menores de los 26 años, si son estudiantes o casados o no
Cuándo Se Puede Inscribir
Como un empleado elegible, usted se puede inscribir en los siguientes momentos:
Como un empleado nuevo, usted puede participar en el programa de beneficios de la compañía el primer día del mes siguiendo la
compleción de 60 días de empleo de tiempo completo
Cada año, durante la inscripción abierta
Entre 30 días de un evento calificativo como definido por el IRS (vea Cambios a la Inscripción abajo)
Pagar Por su Cobertura
El Programa de Ayuda Para los Empleados es provisto a usted sin costo y es pagado enteramente por JONS Marketplace. Usted y la compañía
comparten el costo de los beneficios médicos que usted elige. Los beneficios Dental, Visión, y Adicionales que usted elige son pagados por usted a
precios de grupo descontados. Sus contribuciones a los seguros Médico, Dental, y Visión se restan antes de que se restan impuestos, lo cual le
ahorra dinero de los impuestos. Pagar por los beneficios antes de impuestos significa que su parte del costo se resta antes de que se determinan
impuestos, resultando en más dinero para usted. Como resultado, el IRS requiere que sus elecciones permanezcan en vigor por el año entero. No
los puede cancelar ni cambiar a menos que tenga un evento calificativo.
Cambios a la Inscripción
Nuestros planes de los beneficios están en vigor el 1 de agosto al 31 de julio de cada año. Hay un periodo de la inscripción abierta,
durante el cual usted puede hacer nuevas elecciones para los beneficios para la siguiente fecha efectiva del 1 de agosto. En cuanto
usted elige sus beneficios, no los puede cambiar durante el año a menos que tenga un evento calificativo como definido por el IRS.
Ejemplos incluyen, pero no se limitan a los siguientes:
El matrimonio, el divorcio, la separación legal, o la anulación Un cambio de residencia o el lugar del trabajo (si las
El nacimiento o la adopción de un hijo opciones de sus beneficios cambian)
Una orden de pensión alimenticia calificada La pérdida de la cobertura de Medicaid o el Programa del
La muerte de un cónyuge o hijo Seguro Médico Para los Niños (CHIP)
Un cambio en el estado de elegibilidad de su dependiente Hacerse elegible para un programa estatal de ayuda con
La pérdida de la cobertura de otro plan médico las primas bajo Medicaid o CHIP
La cobertura para un dependiente nuevo no es automático. Si usted tiene un evento calificativo, tiene 30 días para actualizar su
cobertura. Usted puede iniciarse a InfinityHR para actualizar la información sobre los dependientes como necesario. La información
para iniciarse a InfinityHR se puede conseguir en la página 4 de esta guía. Si usted no actualiza su cobertura entre 30 días del
evento calificativo, usted debe esperar hasta el próximo periodo de la inscripción abierta para actualizar su cobertura.
Los Recursos Sobre los Seguros en el Internet
Aprovéchese de los recursos en el internet disponibles por los seguros. Usted puede conse-
guir proveedores de las redes, manejar sus reclamaciones, obtener información sobre la
salud y el bienestar, ¡y mucho más!
Las direcciones para los sitios web de los seguros se pueden conseguir en la página 10 de
esta guía.
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