Page 268 - DERECHO INDÍGENA Y DERECHOS HUMANOS EN AMÉRICA LATINA (1988)
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menos. El porcentaje de población que estos indígenas representan sobre el
                    total nacional varia, según los criterios utilizados, entre lO% y 15%, pero no
                    existe ninguna norma de validez general que permita establecer su número con
                    exactitud. Esta indefinición tiene sus ventajas y desventajas. Por una parte es
                    coherente con la ideología liberal de igualdad formal de todos los mexicanos y
                    el mito de una única "cultura nacional",  y se distingue de esta manera de
                    situaciones rígidas y limitativas como las que prevalecen en Brasil y en
                    Colombia. Por otra parte, al carecer de normas claras de definición, se dificulta
                    la acción gubernamental en favor de  los núcleos indígenas, haciéndola
                    depender de criterios de conveniencia coyuntural y administrativos, y se hace
                    muy difícil la representación y participación política de los indígenas como tales
                    en la vida nacional, con serias implicaciones para el goce efectivo de sus
                    derechos humanos.

                           3. La legislación agraria

                           La mayor parte de los indígenas en México son campesinos; con
                    frecuencia combinan la actividad agrícola con la artesanía. Debido a la escasez
                    de recursos y la presión demográfica  en la mayor parte de las regiones
                    indígenas, muchos indios salen por  temporadas de sus comunidades para
                    trabajar como jornaleros en los campos agrícolas de riego del norte del país, en
                    las zafras de la caña, la pizca del algodón o la cosecha del café; también se
                    enganchan como trabajadores en las grandes obras de infraestructura
                    emprendidas por el Estado. Muchos cientos de miles de indígenas (incluyendo
                    mujeres) emigran a las grandes ciudades (sobre todo la ciudad de México)
                    para engrosar las filas de la población urbana marginalizada, y cientos de miles
                    más se dirigen anualmente a Estados Unidos como braceros; la mayoría son
                    indocumentados, cruzan la frontera de manera clandestina y se exponen a ser
                    explotados, engañados y deportados.

                           El problema fundamental de las comunidades campesinas indígenas es
                    el de la tierra. De acuerdo con las leyes agrarias del país, derivadas de la
                    reforma agraria iniciada en 1915, tienen derecho a obtener tierras:

                       -  Por la vía de la restitución: las comunidades que demuestran haber sido
                           privadas ilegalmente de ellas.
                       -  Por la vía de la dotación de ejidos: las comunidades que no pueden
                           demostrar despojos ilegales pero que tienen necesidad de tierras.

                           Aunque también hay indígenas reconocidos legalmente como "pequeños
                    propietarios", la mayoría de los campesinos indios se ha amparado en la
                    legislación agraria solicitando al gobierno la restitución de bienes comunales o








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