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MAN-GRAL-Seguridad Eléctrica
Rev. 02
Procedimientos Administrativos. La gestión de
riesgos a través de procedimientos administrativos,
consiste en elaborar procedimientos o instrucciones de
trabajo seguro específicos de operación, mediciones y
pruebas eléctricas. Cada procedimiento o instrucción
de trabajo, debe contener un análisis y control de todos
los riesgos asociados. Adicionalmente a la elaboración
de los procedimientos o instructivos, se debe incluir la
capacitación del personal que realiza dichas
actividades.
Equipo de Protección Personal. Se deben
implementar y utilizar el Equipo de Protección Personal
para proteger al personal del riesgo de sufrir un shock
eléctrico (contacto directo o indirecto con circulación de
corriente eléctrica por el cuerpo humano), para eventos
de arco eléctrico (Arc Flash) y exposición a explosión o
ráfagas producidas por contacto eléctrico.
En cada instalación se deben identificar todas las actividades rutinarias donde se realicen
Trabajos Eléctricos. Una vez identificadas se deberá elaborar un procedimiento o instructivo
de trabajo seguro.
Actividades rutinarias. Aplica un procedimiento o instrucción de trabajo seguro. Cuando se
realizan trabajos eléctricos rutinarios y por lo general no existen cambios en el proceso, es
necesario establecer un procedimiento o instrucción de trabajo seguro, con la finalidad de que
las actividades posteriores se realicen de la misma forma por cualquier persona competente y
autorizada.
Actividades NO rutinarias. Aplica un AST (Permiso de Trabajo). Para cada actividad NO
rutinaria, debe realizarse un análisis de seguridad en el trabajo (AST), elaborado por un grupo
de personas competentes y autorizadas en el trabajo para identificar y controlar los riesgos.
Nota. En actividades rutinarias y NO rutinarias se debe hacer uso del permiso de trabajo (PE)
correspondiente.
Plan de cumplimiento a la elaboración de procedimientos o instructivos de trabajo
seguro. Cada instalación deberá establecer un programa de cumplimiento para actividades
rutinarias de Trabajos Eléctricos. El programa y sus fechas de cumplimiento serán definidos
por el Responsable de la Instalación y Jefe de Área o Supervisor. La instalación deberá contar
con dicho plan en un periodo máximo de 3 meses a partir de la fecha de publicación del
presente documento.
El plan de cumplimiento debe incluir un inventario de todos los Trabajos Eléctricos,
mencionando su ubicación, un código asignado y el riesgo específico de cada uno de ellos. Se
deberá dejar registro del inventario.
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