Page 20 - CONDICIONES GENERALES POLIZA
P. 20

Un Seguro a tu medida…




                  SECCION IV

                  _________________________________________________________________________

                                                     SERVICIO DE GRUA
                  _________________________________________________________________________

                             e)  El auxilio vial de nuestras grúas ampara un rango máximo de arrastre de 20 kilómetros (El
                                excedente de kilometraje correrá a cargo del Agremiado y esté será calculado antes del
                                envió de la grúa y tendrá que ser cubierto al arribo de nuestra grúa)
                             f)  La cobertura de nuestro servicio sólo tiene una cobertura dentro del área Metropolitana y
                                de fácil acceso
                             g)  El servicio es únicamente aplicable por falla mecánica durante la circulación del vehículo.
                             h)  Nuestros operadores no tienen autorizado ningún tipo de maniobras más allá del enganche
                                o del abordaje a la plataforma de la grúa.
                             i)  La Compañía  se reserva el  derecho  de  prestar el servicio cuando este se solicité para
                                locaciones consideradas como “zonas rojas”
                             j)  El servicio queda supeditado a la disponibilidad de nuestras grúas debiendo comprender el
                                agremiado que en caso de contingencia; deberá esperar a que una de nuestras unidades se
                                libere.


                  SECCION V

                  ACUERDOS

                  _________________________________________________________________________
                                                        CLAUSULA I
                                             PRIMA Y OBLIGACIONES DE PAGO
                  _________________________________________________________________________



                      1.  Vencimiento de la prima

                          De conformidad con el artículo 34 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro se establece que la prima a
                         cargo del Agremiado o Contratante vence al momento de celebrarse el contrato.

                      2.  Plazo para el pago de la Prima

                          No  obstante,  lo anterior, la Compañía y el Agremiado acuerdan  que,  para efectos del presente
                         contrato, la prima deberá ser cubierta dentro de los 3 días naturales siguientes a la fecha de su
                         vencimiento, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley Sobre el Contrato de
                         Seguro.





                                                             17
   15   16   17   18   19   20   21   22   23   24   25