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venga de donde proviniere. El principio se sen-
tó en la Resolución xv de La Habana y se am-
plió en México, en el Acta de Chapultepec. En
la primera, la agresión se presumía de Estados
no americanos a Estados americanos. En la se-
gunda, ya no es un compromiso político de so-
lidaridad, sino un principio jurídico sin excep-
ciones: la guerra agresiva es un delito, lo mismo
si se comete contra la seguridad del hemisfe-
rio, que si se adelanta por un Estado americano
contra otro Estado americano”.
Cuando Alberto Lleras anunció a principios
de 1954 su renuncia a la Secretaría General de la
Organización de Estados Americanos y su regreso
a Colombia, dentro del marco de la x Conferencia
Interamericana, reunida en Caracas, “para servir
a mis conciudadanos” —primero desde los riscos
universitarios, y luego, como él lo escribió en sus
memorias, remontándose al abuelo que no cono-
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