Page 18 - Vivienda Integral de Interés Social - Tecnologías Anternativas
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MARCO LEGAL PROYECTO PRODUCTIVO
El proyecto VIVIENDA INTEGRAL DE INTERÉS SOCIAL, PRODUCTIVA Y
AUTOSOSTENIBLE, CON TECNOLOGÍAS ALTERNATIVAS, estará sujeto y
para su puesta en marcha a un marco jurídico legal, de tal manera que la
comunidad beneficiada con el proyecto, el ente institucional o contratante
(alcaldía, gobernación) y el contratista, puedan trabajar de la mano y de esta
manera hacer del proyecto, un proyecto sostenible en términos de productividad,
calidad, rentabilidad económica para sus beneficiarios y el estado; haciendo de
este un proyecto que genere ganancias a las alcaldías además de las
comunidades, donde el contratista constructor será el desarrollador físico del
proyecto, desde el punto de vista de ingeniería, productivo y capacitación y
entrenamiento en las áreas del emprendimiento, como del control de los
procesos y quien adicionalmente se encargara de elaborar todos los estudios
técnico económicos de las áreas productivas como de su mercadeo y venta.
En tal razón se propone definir como esquema legal para el proyecto:
1. Crear un comité para el desarrollo del proyecto, conformado por:
a). El estado (Alcaldía o Gobernación)
b). La comunidad beneficiada con el proyecto
c). El contratista
Funciones del Estado (Alcaldía o Gobernación), será el ente contratante y
quien adicionalmente firmara un contrato o convenio de economía mixta con
la comunidad beneficiada con el proyecto, donde se definirán los aportes de
cada uno de ellos, en este caso el estado, aportara el lote o terreno donde
se construirá el proyecto, los recursos económicos, la interventoría y el
control o veeduría de los esquemas productivos, una vez puesto en marcha
el proyecto, para garantizar la producción, el mercadeo de acuerdo a los
planes trazados por el contratista y velar permanentemente con los
resultados económicos, definiendo los porcentajes de ganancias estado –
comunidad.
VIS – Eco Vivienda