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| MAYO 2020 constitucionales y legales, ya que esta
Cuando una persona cometa un ilícito con facultad es exclusiva del Poder
la tolerancia o anuencia de algún servidor Legislativo.
público o autoridad federal, o cuando estos Conflictos entre particulares, ya que la
últimos se nieguen, sin fundamento, a competencia de la CNDH, únicamente le
ejercer las atribuciones que legalmente les permite conocer de actos y omisiones
correspondan en relación con dichos atribuibles a autoridades o servidores
ilícitos; particularmente tratándose de públicos federales.
conductas que afecten la integridad física
de las personas. Algunas consideraciones sobre
la presentación de una queja:
Cuando se presenten inconformidades por Cualquier persona puede denunciar
las omisiones o por la inactividad en que presuntas violaciones a los derechos
incurran los Organismos Locales de humanos y presentar directamente una
Derechos Humanos, así como por la queja ante la CNDH, o por medio de un
insuficiencia en el cumplimiento de sus representante.
recomendaciones, por parte de las
autoridades locales. Cuando los interesados estén privados de
su libertad o se desconozca su paradero,
La CNDH no podrá conocer los la queja la pueden presentar los
asuntos relativos a: parientes o vecinos de los afectados, sin
importar que sean menores de edad.
Actos y resoluciones de organismos y
autoridades electorales; ya que las
instancias competentes para conocer de
éstos asuntos son el Instituto y el Tribunal
Electoral.
Resoluciones de carácter jurisdiccional,
laudos o sentencias emitidas por tribunales
judiciales, administrativos o del trabajo.
Consultas formuladas por autoridades,
particulares y otras entidades, sobre la Figura 1.4: La queja de una alumna que fue
interpretación de las disposiciones recibida en el año 2018
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