Page 313 - Temario para Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo (P.P.E.R.)
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Las subvenciones, aportaciones y donaciones que se concedan a su favor procedentes de fondos
específicos de la Unión Europea, de otras Administraciones públicas, de entes públicos, así como de
particulares.
Los procedentes de préstamos, créditos y demás operaciones financieras que pueda concertar.
Los ingresos devengados por el sumando de la tasa de ayudas a la navegación marítima asociado con
la cuantía básica (C). Letra f) del número 3 del artículo 275 introducida en su actual redacción, por el
apartado nueve del artículo quinto del R.D.-ley 1/2014, de 24 de enero, de reforma en materia de
infraestructuras y transporte, y otras medidas económicas («B.O.E.» 25 enero).Vigencia: 26 enero
2014
Cualquier otro recurso no previsto en las letras anteriores que pueda corresponderle por ley o le sea
atribuido por convenio, donación o por cualquier otro procedimiento legalmente establecido. Letra
g) del número 3 del artículo 275 renumerada e introducida por el apartado nueve del artículo quinto
del R.D.-ley 1/2014, de 24 de enero, de reforma en materia de infraestructuras y transporte, y otras
medidas económicas («B.O.E.» 25 enero). Su contenido literal se corresponde con el de la anterior
letra f) del mismo número y artículo.Vigencia: 26 enero 2014
Artículo 276 Régimen de contratación
La Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima habrá de someterse, en todo caso, a los principios
de publicidad, concurrencia, salvaguarda del interés de la Entidad y homogeneización del sistema de
contratación en el sector público, así como a lo establecido en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de
contratos del sector público.
Artículo 277 Contabilidad y régimen de control
La Sociedad está sujeta al régimen de contabilidad pública en los términos previstos en el título V de
la Ley General Presupuestaria.
El régimen de control de las actividades económicas y financieras de la Sociedad se ejerce, de
conformidad con lo establecido en el artículo 140 de la Ley General Presupuestaria, por la
Intervención General de la Administración del Estado y el Tribunal de Cuentas, respectivamente.
CAPÍTULO IV
Cuerpos de la Marina Civil